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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Sandra Sajardo

Queremos vender productos a cambio de donativos ¿Debemos declararlos a Hacienda?

20.01.17

Hola,

Soy la tesorera de la Asociación Kipekee, registrada en el Registro de Asociaciones.

Como asociación, queremos vender productos a cambio de “donativos”. ¿Hay que declararlo en Hacienda? ¿Hay que presentar la declaración del IVA?

Gracias.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Juan González Martín-Palomino

Abogado. Asesor Tributario ESFL

Trabaja en:

Asesor particular

20.01.17

La venta de productos supone una actividad sujeta al IVA (por lo que debe repercutirse este impuesto) y al Impuesto sobre Sociedades, por lo que efectivamente deberán cumplirse las obligaciones inherentes a estos impuestos. Por lo que respecta al IVA, deberá repercutirse en las ventas el impuesto (estando facultados para deducir el IVA soportado) y presentar las declaraciones correspondientes, así como llevar los libros registros del IVA.

Todo lo anterior, con independencia que llamemos “donativos” a la contraprestación recibida por estas ventas.

Saludos.

Juan González Martín-Palomino.

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#2

Aportada por:

Francisco Romero

Abogado. Asesoramiento en Fiscalidad, Contabilidad y Financiero.

Trabaja en:

Asesor particular

22.01.17

Es que no son sinónimos. Una venta es un intercambio de bienes por dinero. Un donativo es la entrega de un bien o dinero sin esperar ni obtener nada a cambio.

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#3

Respuesta del participante:

Sandra Sajardo

23.01.17

Gracias por vuestras respuestas.

Entonces, hay que presentar declaración de IVA y el Impuesto de Sociedades. ¿Me podrían indicar cómo hacerlo?

Ando un poco perdida. Funciona igual que una empresa?

Gracias de antemano

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