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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Loli Raposo parejo

Queremos ofrecer una actividad a nuestros socios ¿hay que declarar algo en hacienda?

26.04.11

Hola somos una asociación cultural de baile sin animo de lucro con fines de promociones, difusión e intercambios de estilos de bailes diversos. Los unicos ingresos son las cuotas de los socios.
Pretendemos que nuestros socios conozcan estos bailes para poder participar en encuentros y actividades del mundo del baile, e intentar introducir en la zona de nuestro ambito social, estos estilos poco conocidos.

La consulta surge que habiendose enterado academias de bailes de la zona, nos dicen que no podemos realizar actividades para socios, que es ilegal o que tendriamos que declararla. Las dudas son:

1) Si algunos de nuestros socios con conocimientos de baile quiere ofrecer o prestar un servicio esporadico dando talleres de baile o formación ¿que obligaciones tenemos ambas partes?
2) Si para algun estilo hay que buscar alguien fuera de la asociación para dicho taller, ¿que obligaciones hay entre ambos?
3) Si buscamos monitores socioculturales, no empresas sino particulares para animar fiestas y convivencias entre nuestros socios ¿que obligaciones hay?

Por más que preguntamos en hacienda nos dicen que si vamos a ejercer una actividad hay que darse de alta en IAE e IVA cuanto estamos exentos con papeles. No vamos a ejercer actividades solo vamos ofrecer a nuestros asociados estos conocimientos.

Despues de un año como asociación necestiamos ofrecerle esto nuestros asociados, pero no sabemos como hacerlo.

Un saludo
Loli raposo

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Francisco Romero

Abogado. Asesoramiento en Fiscalidad, Contabilidad y Financiero.

Trabaja en:

Asesor particular

27.04.11

Entiendo el malestar de las academias de tu entorno. En primer lugar habría que ver el objeto social y esas actividades están incluídas en él, no de un modo genérico sino de la forma más específica posible.
Estais entrando en competencia con otras empresas cuya actividad es esa, la de las claes de baile. Bien es cierto que sólo es para socios, pero ¿qué requisitos hacen falta para serlo? ¿cómo se da uno de alta y de baja?, etc.,
Podría entender como una actividad mercantil, para lo que tendrías que tener el IAE correspondiente y tendría que tributar a Hacienda como tal. En cuanto a las obligaciones, se trataría de un servicio que habría que pagar, cobrando IVA y reteniendo IRPF.
Pero la pregunta es ¿hásta qué punto podemos entender como ONL una Asociación que sólo presta servicio a sus Socios?

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#2

Respuesta del participante:

Loli Raposo parejo

27.04.11

Estimado Francisco le aporto esto por si le aclara cosas, ya que nosotros seguimos igual que antes de formularla…
La asociacion solo presta los servicios y actividades a los socios inscritos y esten al corriente de pago de sus cuotas.
El objeto social de la asociación es divulgar todos los estilos de bailes en el marco de bahia de cadiz, donde solo hay un estilo… promoviendo encuentros, convivencias, certamenes, etc.. evidentemente para poder participar en actos relacionados con los estilos de bailes.. una gran mayoria de los socios que se apuntan saben bailar y saben a que se apuntan… pero la mayoria son latinos, no saben vals, jive, quicksetp, rumba bolero, chacha,,, se pretende organizar talleres para que aprendan a nivel basico … puesto ademas que hay socios que son bailarines de baile… la cuestion es saber si un socio imparte un taller que obligaciones hay en una y otra parte, si lo imparte una persona ajena a la asociacion igualmente..
ademas como objeto social todos los participantes en nuestra asociacion ven en el baile como un modo de vida , convivencia y de relaciones sociales fuera de tensiones familiares y laboralres, ademas es intercultural, interacial., etc..

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