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Consulta formulada por:
Queremos invitar a un voluntario extranjero a que se quede un año ¿Puede tener derecho a NIE por ello?
15.11.14
Hola,
Somos una ONG y queremos invitar un voluntario desde el exterior (Italiano), que se quedaría alrededor de un año. ¿Por el simple hecho de invitarlo podría tener derecho al NIE? ¿O con que más requisitos a parte de un papel nuestro de invitación? ¿Qué tal si el voluntario se encuentra ya en territorio español? ¿Se podría también en ese caso tramitar el NIE?
Respuestas
Opinión anónima
17.11.14
Hola,
El NIE (Número de Identidad de Extranjero) es un número personal, único y exclusivo que deben de poseer, a los efectos de identificación, todos los extranjeros:
a) a cuyo favor se inicie un procedimiento para obtener un documento que les habilite para permanecer en territorio español que no sea un visado
b) a los que se les haya incoado un expediente administrativo en virtud de lo dispuesto en la normativa sobre extranjería
c) que por sus intereses económicos, profesionales o sociales se relacionen con España
En el caso a), cuando un ciudadano de un Estado miembro de la Unión Europea o de otro Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo va a residir en territorio español por un período superior a tres meses estará obligado a solicitar personalmente ante la Oficina de Extranjeros de la provincia donde pretenda permanecer o fijar su residencia o, en su defecto, ante la Comisaría de Policía correspondiente, su inscripción en el Registro Central de Extranjero.
Dicha solicitud deberá presentarse en el plazo de tres meses contados desde la fecha de entrada en España, siéndole expedido de forma inmediata un certificado de registro en el que constará el nombre, nacionalidad y domicilio de la persona registrada, su número de identidad de extranjero, y la fecha de registro. Junto con la solicitud de inscripción, deberá presentarse el pasaporte o documento nacional de identidad válido y en vigor del solicitante. En el supuesto de que dicho documento esté caducado, deberá aportarse copia de éste y de la solicitud de renovación
Si ya tiene asignado NIE con carácter previo a la solicitud, documento acreditativo del abono de la tasa por expedición del certificado (*Si no tiene asignado NIE, el órgano administrativo ante el que se presente la solicitud, previa asignación de NIE, hará entrega del impreso para el abono de la tasa, a efectos de que éste sea efectuado con carácter previo a la expedición del certificado*).
Por lo tanto, se le asignará el NIE en el momento en el que solicite la inscripción.
Otra posibilidad es que lo solicite con carácter previo a la solicitud de inscripción en el Registro Central de extranjeros, es decir que nos encontraremos en el punto c) en el que, todos los extranjeros que, por sus intereses económicos, profesionales o sociales se relacionen con España, podrán solicitar personalmente el NIE a la Dirección General de la Policía
Para la asignación del citado número deberán aportar los siguientes documentos:
1. Impreso-solicitud normalizado (EX-15), debidamente cumplimentado y firmado por el extranjero.
2. Original y copia del pasaporte completo, o documento de identidad, o título de viaje o cédula de inscripción en vigor.
3. Comunicación de las causas económicas, profesionales o sociales que justifican la solicitud.
En principio, para justificar los motivos parece suficiente con que acredite que ha sido invitado por vuestra ONG.
Aquí encontrarás el formulario para solicitar el NIE: http://www.interior.gob.es/web/servicios-al-ciudadano/modelos-de-solicitud/extranjer%C3%ADa
Opinión anónima
26.11.14
Es posible que el NIE sea otorgado si el interesado se encuentra ya en territorio español? Puede ser que pidan un seguro medico al mismo interesado?