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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Miguel Serrano Martinez

Queremos crear una fundación, con el mismo nombre, partiendo de la Asociación y sin que esta última se disuelva

16.02.16

Somos la Asociación Todos Son Inocentes, (TSI) Organización No Gubernamental de Desarrollo. Queremos crear una fundación, con el mismo nombre, partiendo de la Asociación y sin que esta última se disuelva.
¿Hay alguna forma concreta para llevar a cabo esta creación de fundación?
¿Modelo de estatutos?
¿Pasos a seguir? ¿Cuánto tiempo se suele tardar en registrar en el Patronato de fundaciones?

Gracias por vuestra ayuda

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Respuestas

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#1

Excelente

Aportada por:

Ramón Perez-Lucena

Especialista en Fundaciones, www.abogadodefundaciones.com

Trabaja en:

Asesor particular

17.02.16

Si se puede pues la asociación autoriza a usar su nombre en la fundación.

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#2

Respuesta del participante:

Miguel Serrano Martinez

17.02.16

Si lo ha autorizado ya en junta general extraordinaria.
pero ¿Hay alguna forma concreta para llevar a cabo esta creación de fundación? ¿Modelo de estatutos? ¿Pasos a seguir? ¿Cuánto tiempo se suele tardar en registrar en el Patronato de fundaciones?

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#3

Excelente

Aportada por:

Ramón Perez-Lucena

Especialista en Fundaciones, www.abogadodefundaciones.com

Trabaja en:

Asesor particular

17.02.16

Hola de nuevo, te recomiendo consultes mi web, pues no es una cosa de tomar una plantilla, una fundación no es una asociación.

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#4

Opinión anónima

17.02.16

Hola Miguel,
Comparto la opinión de mis compañeros.

De hecho, no sería la primera Fundación que tiene el mismo nombre que una Asociación, salvo la primera palabra (Fundación).
Hace un tiempo participe con la gente de Hazloposible para explicar los pasos a seguir para constituir una Fundación. Este es el link de los videos
Espero que resuelva tus dudas.
Gracias
Salvador
puche29consultoria

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#5

Respuesta del participante:

Miguel Serrano Martinez

17.02.16

Gracias Salvador.

¿Como se aporta el capital necesario? ( 30.000 Euros) ¿puede ser en varias anualidades?
¿El Presidente de la fundación puede ejercer simultáneamente como Director de la misma?

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#6

Excelente

Aportada por:

Silvia Alvarez

Servicios en contabilidad/Fiscalidad/RRHH/Seguros/Consultoría Web

Trabaja en:

Servicio Premium - Asesoría Debe Haber Asociaciones S.L.

17.02.16

Buenas tardes,

Aportas en momento constitución 25% y el resto en 5 años.

También puedes ver modelos en las páginas web del protectorado, sanidad por ejemplo y te explica todo lo que habría q presentar.

Un saludo.

Silvia Alvarez
Www.debehaberasociaciones.com

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#7

Respuesta del participante:

Miguel Serrano Martinez

17.02.16

¿Pero como se aporta esa cantidad si hasta que la fundación no este registrada no podrá tener cuenta bancaria?

¿El Presidente de la fundación puede ejercer simultáneamente como Director de la misma?

Gracias de nuevo

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#8

Excelente

Aportada por:

Ramón Perez-Lucena

Especialista en Fundaciones, www.abogadodefundaciones.com

Trabaja en:

Asesor particular

18.02.16

No es necesario aportar dinero en metálico, es más en mi opinión es absurdo pues nada se puede hacer con ello ni da rentabilidad para hacer nada. Se aportan bienes, derechos,...

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#9

Opinión anónima

18.02.16

Hola Miguel,
Los miembros del Patronato ejercerán su cargo gratuitamente. Salvo que el fundador disponga lo contrario, y previa autorización del Protectorado pueden recibir remuneración por servicios distintos a las funciones como miembros del Patronato. Por tanto, puede ejercer de la Dirección General y cobrar por ello.

Respecto a la aportación. La ley fija una aportación mínima de 30.000 €, como la dotación adecuada y suficiente. Si es menor las persnas fundadoras deben presentar un primer programa de actuación, junto con un estudio económico que acredite su viabilidad.
La forma puede ser dineraria o no dineraria. En el momento de la constitución debes aportar un documento acreditativo de la realidad de dicha aportación.

La realidad de la no dineraria se acreditará con una tasación de un experto independiente.
La realidad de las dinerarias, en los plazos señalados por mis compañeros, es un Certificado bancario, es decir, la Entidad bancaria te emite un certificado diciendo que ha recibido X euros en concepto de aportación al Fondo Fundacional por parte de tal y cuales personas.

Espero haberte resuelto las dudas.
Salvador
puche29consultoria

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#10

Respuesta del participante:

Miguel Serrano Martinez

03.03.16

Gracias a las respuestas de los Asesores, su precisión y explicación clara hoy día ya estamos en el proceso de constitución de la Fundación.

solucionesong.org
Un proyecto de