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Consulta formulada por:
Queremos colaborar con una ONG peruana y pagarles el sueldo de un trabajador para que trabaje en su proyecto en Perú.¿Como debemos proceder?
10.10.07
Somos una asociacion con sede en Madrid y queremos colaborar con una ONG peruana pagando el sueldo de un psicologo para que trabaje en su proyecto en el Peru. Nuestra asociación no esta inscrita en Peru. En primer lugar, supongo que necesitaremos firmar un convenio con la contraparte peruana, y despues empezar a enviarles el dinero por transferencia internacional, ¿tendrían algun modelo de convenio entre contrapartes que podamos adaptar? ¿hay algun otro trámite que necesitemos hacer para justificar este gasto?. Me gustaria recibir algunas recomendaciones sobre como debo proceder.
Muchas gracias por toda la asistencia que nos prestan.
Respuestas
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Aportada por:
Asesora voluntaria
Trabaja en:
Asesor particular
11.10.07
Hola Brenda,
Lo del convenio no está de más aunque la normativa vigente no contempla obligación al respecto.
En cuanto a los fondos a enviar para pagar el sueldo, lo primero que debe hacer la contraparte es hacerle un contrato según la legislación laboral en Perú. En función del sueldo que deba cobrar el psicologo, podeis proceder o bien enviando la totalidad del sueldo en una transferencia swift, o cada mes enviarle su mensualidad correspondiente. Con la primera opción solo tendreis que pagar los gastos de la transferencia swift una vez, del otro modo, cada vez que envieis el dinero el banco os cobrará los gastos. Lo mejor sería que negociarais con el banco que os quitaran la comisión pero no se, no se, dependerá siempre del director de la sucursal y las normas del banco en cuestión. Aunque es posible y merece la pena intentarlo.
Posteriormente la contraparte os tendrá que enviar:
-el contrato,
-cada una de las nóminas del trabajador firmadas por la contraparte y por la persona en cuestión como que ha recibido el dinero
- y la forma de pago de estas mensualidades o sueldo.
Recordadles que os tienen que enviar siempre originales.
Si es la primera vez que trabajais con la contraparte en cuestión, os recomiendo que les comenteis las normas sobre justificación de proyectos de cooperación existentes en españa. En este caso concreto del sueldo, la documentación es la que os acabo de describir.
Tened en cuenta tambien, que a parte de la comisión que se va a quedar el banco en territorio español por cada transferencia swit que vayais a realizar, luego, el banco en Peru tambien se va a quedar con su parte de comisión. Os lo digo por si enviais el dinero justo y en una sola transferencia.
Otro detalle, las transferencias swifts, aunque digan que tardan 2 días en llegar al banco receptor, no es del todo cierto, puesto que lo normal es que tarde 15 días. Tenedlo en cuenta si le vais a enviar el dinero cada mes.
Si necesitais mas información, no dudeis en escribirme directamente a mi correo personal, casualmente, ahora estamos haciendo un curso de justificación de subvenciones.
Un abrazo, Eva.
Excelente
Aportada por:
Especialista en Contabilidad y Gestión de ENL's
Trabaja en:
Asesor particular
11.10.07
Estimada Brenda,
Deberéis firmar un convenio / acuerdo de coaboración en el que se fijan los términos de la colaboración entre ambas entidades, así como la manera de justificación de la misma. Como dice la compañera, la presentación de las nóminas, seguros sociales y comprobante de pago suele ser lo habitual. Aunque no se como se pagarán los salarios en Peru, aquí es facil al solicitar el comprobante de transferencia.
Posiblemente al realizar las transferencias, el banco os pedirá documentación que justifique el movimiento de divisas, para hacerlo seguir al Banco de España, ya que toda operación de una cantidad importante, o con una periodicidad repetitiva suele ser investigada por este organismo.
Un saludo,
Mariano Romero
m_romero1@yahoo.com
Opinión anónima
09.11.07
Estimada Brenda:
Contablemente debe existir un justificante de la salida del dinero. Desde ese punto de vista las recomendaciones realizadas por mis colegas son muy pertinentes. Sería recomendable exigierais:
- Auerdo firmado entre la ONG peruana y la vuestra en el que quede claramente reflejado el objeto de la colaboración.
- Copia compulsada (o autenticada ante notario) del contrato de trabajo.
- Copia compulsada (o autenticada ante notaria) de cada una de las nóminas pagadas al trabajador.
Lógicamente adicionalmente debéis conservar justificante de las transferencias que vayáis realizando.
Un cordial saludo.
Agustín de Asís
Las consultas contestadas por los asesores de la Fundación Luis Vives no tienen carácter vinculante.