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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Paula Andrea Martinez Vastias

Queremos alquilar una nave para las actividades de nuestra asociación y tenemos algunas dudas ¿nos ayudáis?

06.10.11

Hola,

Queremos alquilar una nave pequeña para actividades de la fundación, lo alquila una persona física, ¿qué retención debemos de hacerle? ¿Esta retención es trimestral? ¿Qué modelo debemos presentar?

Gracias

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Jorge Ignacio Mata Arribas

Jorge Mata Arribas. Consultor de Empresas www.jma-asesores.com

Trabaja en:

Asesor particular

07.10.11

Estimada Paula Andrea

La retención que debéis hacerle es del 19% sobre la base imponible (sin tener en cuenta el IVA) de manera mensual. Y se presenta e ingresa de manera trimestral en Hacienda (de igual manera que las retenciones de IRPF de trabajadores o el IVA) mediante el modelo 115.

Salvo mejor opinión. Saludos

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#2

Aportada por:

Mònica Moles Ena

Consultora y formadora especializada en ONG

Trabaja en:

Asesor particular

07.10.11

Hola Paula Andrea:

sólo añadir que , a parte del modelo 115 trimestral de ingreso de las retenciones del alquiler, debereis también presentar modelo 180 de resumen anual de retenciones. Es de carácter informativo, y se presenta en el mes de enero por las retenciones del ejercicio anterior.
Asimismo debereis emitir certificado de retenciones para el arrendador del local.

Espero haberte respondido,

hasta pronto!
Mònica
www.molesasesores.com

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#3

Respuesta del participante:

Paula Andrea Martinez Vastias

07.10.11

GRACIAS POR LA COLABORACION, ES MUY VALIOSA LA INFORMACION QUE BRINDAN.

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#4

Aportada por:

Celso Amor Cañadas

www.celsoamor.com e-Learning, Prevencion de Blanqueo de Capitales, LOPD

Trabaja en:

Asesor particular

08.10.11

Totalmente de acuerdo con José Ignacio y Mónica, solo añadir que en algunos casos, el propietario puede alegar que hacienda le ha reconocido el que no se le tengan que hacer retenciones por alquileres, por lo que es conveniente adjuntar el certificado de la AEAT de esa situación en el contrato de alquiler.
Un saludo, Celso Amor
www.celsoamor.com

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