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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Sebastián Dato

¿Qué tipo de ingresos debemos declarar en el modelo 182?

14.09.12

Hola,

Administro una ONGD de Utilidad Pública y anualmente presentamos el modelo 182 donde declaramos las aportaciones de socios, padrinos y colaboradores.

Me gustaría saber si hago bien en declarar todos los ingresos independientemente de su destino o sólo debo declarar los que irán destinados a proyectos de desarrollo.

Por ejemplo, las aportaciones de los socios a veces van destinadas a gastos de administración.

Por otro lado, ¿estamos obligados a justificar todos los gastos que provengan de donativos declarados a Hacienda? Por ejemplo, una persona dona 10€ en España, los declaro en el modelo 182 y posteriormente se destinan a comprar una bolsa de caramelos en un mercado de Honduras donde no hacen ticket de compra ni factura.

Gracias por su respuesta.

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Respuestas

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#1

Opinión anónima

18.09.12

Hola Sebastian, la declaración se refiere sólo a los ingresos recibidos, no al destino que se le haya dado.
Te dejo enlace de la Agencia Tributaria.
http://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Modelos_formularios/modelo_182.shtml
Saludos

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#2

Aportada por:

Francisco Romero

Abogado. Asesoramiento en Fiscalidad, Contabilidad y Financiero.

Trabaja en:

Asesor particular

18.09.12

La declaración recoge los ingresos recibidos, siempre que no sean la contraprestación de un servicio o un bien. Por ejemplo, no se incluye la venta de un libro, el cobro por unas clases o un taller que la ONG ofrece, aunque si miras en consultas anteriores, se busca el modo de que esos cobros parezcan una donación y hay veces en las que eso es posible y otras en que no.
En cuanto a la manera de justificarlo, hay dos tipos de donaciones, la modal, en la que el donante especifica a qué debe dedicarse su dinero y es obligación de la ONG hacerlo así y guardar la documentación que lo justifique, y la ordinaria o no modal, en la que el dinero se utiliza de acuerdo con el criterio del órgano gestor, bien en desarrollo de proyectos específicos, en gastos de administración o en otras cosas.
Hay que guardar toda la documentación por un criterio racional de buen gobierno y funcionamiento, para llevar una contabilidad adecuada y además porque lo dice la ley, pero todos los justificantes de gasto, sólo hay que tener la precaución de “cuadrar” los que están relacionados con las donaciones modales.

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