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Consulta formulada por:
¿Que tipo de donaciones deben ser reflejadas en el modelo 182?
22.01.11
¿Que tipo de donaciones deben ser reflejadas en el modelo 182?
Mi ONGD todavía no ha sido declarada de utilidad pública.
Un saludo y muchas gracias.
Respuestas
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Servicios en contabilidad/Fiscalidad/RRHH/Seguros/Consultoría Web
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Servicio Premium - Asesoría Debe Haber Asociaciones S.L.
25.01.11
Buenos días Jose,
En el modelo 182 se declaran las donaciones recibidas tanto dinerarias como en especie durante el ejercicio.
Pero el modelo 182 solo lo tienen que presentar los acogidos a la ley 49/2002 o las inscritas en el AECID. ( REGISTRO DE COOPERACION INTERNACIONAL)
Espero haberte ayudado.
Un saludo.
Silvia Alvarez
DH Asociaciones
Opinión anónima
25.01.11
Buenos días:
Las donaciones que se deben incluir en el modelo 182 son las que dan derecho a deducción a los donantes en el IRPF, IRNR e Impuesto de Sociedades. Para ello vuestra asociación tiene que estar acogida al régimen fiscal de la Ley 49/2002, estar inscrita en el Registro de ONG de Desarrollo o como mínimo estar declarada de utilidad pública. También están incluidas las donaciones realizadas a fundaciones tanto si están acogidas al régimen fiscal de la Ley 49/2002 como si no. Si alguno de estos es vuestro caso, las donaciones que recibís dan derecho a deducción por lo que deben ser declaradas en el modelo.
Un saludo
Aportada por:
Abogado. Asesoramiento en Fiscalidad, Contabilidad y Financiero.
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Asesor particular
26.01.11
Por lo que dices, no tienes obligación de presentar el Modelo 182 ni los donantes el derecho a la deducción.