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Consulta formulada por:
¿Qué tenemos que hacer para crear una delegación en Bolivia? ¿Es mejor crear una asociación allí?
03.10.13
Hola,
Somos una Asociación Española, me gustaría crear una delegación en Bolivia. ¿Qué tengo que hacer? ¿Es mejor que crear una asociación allí?
Gracias
Respuestas
Aportada por:
Mag. en AdministraciónConsultor en Cooperación Internacional y Proyectos Planif. Estratégica
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Asesor particular
03.10.13
Hola Santiago
En general dependerá de la legislación bolviana respecto a los beneficios o restricciones de cada alternativa que te plantees, por ello hay que averiguar estos detalles antes de dar una conclusión
Aportada por:
Abogado. Asesor Tributario ESFL
Trabaja en:
Asesor particular
03.10.13
Tal como señala la compañera, debéis comprobar si la legislación boliviana permite crear e inscribir en el registro de asociaciones de Bolivia delegaciones de asociaciones extranjeras; si así fuera, pues esa sería un posible fórmula. En caso contrario, deberíais crear una asociación allí.
Saludos.
Juan González Martín-Palomino.
Aportada por:
Funcionario de la Junta de Andalucía. Abogado no ejerciente. Doctorando en Derecho.
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Asesor particular
03.10.13
Estimado Santiago: en relación con la consulta planteada, paso a informarte lo siguiente: en primer lugar, si vuestros estatutos no contemplan un ámbito territorial o participativo de carácter transnacional, de suyo, tendréis que llevar a cabo una modificación estatutaria al efecto, en el buen sentido de que si lo que pretendéis es extender el ámbito territorial de vuestra asociación, si la misma no estuviera inscrita en el Registro Nacional de Asociaciones del Ministerio del Interior, encontrándose inscrita en un registro autonómico de asociaciones, habrá de estarse a la integración en el Registro Nacional de Asociaciones. De estar inscrita vuestra asociación en dicho registro público y, para el caso de que el ámbito de actuación territorial no excederia del nacional, tendrías que llevara a cabo una modificación estatuaria para incluir el ámbito territorial transnacional en los estatutos –ver http://www.interior.gob.es/asociaciones-24/inscripcion-registral-de-asociaciones-152/modificacion-de-estatutos-303-.
Asimismo, si la modificación estatutaria viniera dada por un proyecto participativo transnacional, bastaría con la modificación del artículo o artículos relativos al ámbito de actuación territorial, sin necesidad de solicitar la integración en otro registro público asociativo respecto al cual esté inscrito, en la actualidad, vuestras asociación.
De otra parte, al venir la cuestión suscitada bajo la disyuntiva de establecer una delegación o constituir una asociación en Bolivia, inicialmente, sería más factible establecer una delegación asociativa en Bolivia, siendo interesante que pudiérais contactar con la Coordinadora de ONGDS en Bolivia http://www.coeb.org.bo/home/miembros-, a efectos de información sobre las vicisitudes que acaecen a las mismas en dicho país.
Sin perjuicio de lo anterior, asimismo, te adjunto en archivo pdf., un artículo sobre la legislación en materia de asociaciones en Bolivia, el cual puede ser muy esclarecedor para los fines pretendidos por vuestra parte.
Un cordial saludo.
Rafael Pérez Castillo.
rperezcastillo@gmail.com
Esta aportación tiene un documento que la complementa. ¡Descárgalo!
Respuesta del participante:
03.10.13
Gracias por todas las respuestas. Todas suman luz al tema, jeje