Consultas Online
Consulta formulada por:
¿Qué tendríamos que hacer para poder enviar expatriados a Ecuador y a Perú?
13.10.09
¿Qué tipo de contrato tendríamos que hacerles?, ¿hay algún requisito especial que tengamos que cumplir?
Muchas gracias.
Respuestas
Opinión anónima
13.10.09
Hola,
Necesito un poco más de información para poder ayudaros y responder la pregunta:
los expatriados: qué nacionalidad tienen?
de qué país salen y a qué país quieren entrar (entiendo que perú y ecuador, pero no entiendo de qué pais saldrian).
qué es lo que van a hacer en el país de llegada?
Opinión anónima
13.10.09
Tenéis que dar de alta al trabajador en la seguridad social. Otro tipo de vinculación laboral no valdría para justificar la subvención de un expatriado.
Tendréis que echar un vistazo al estatuto del cooperante y aseguraros de cumplir con los derechos que tiene: pagarle el viaje, contratarle un seguro sanitario, etc.
Aportada por:
20 años como Directiva de ONGd- 10 años de residencia en países. Formulacion proyectos.
Trabaja en:
Asesor particular
13.10.09
Hay dos opciones:
Para españoles y personal local que tenga residencia en españa, se les puede contratar comforme a legislacion española.
Para personal local- peruano, o ecuatoriano- o sea del pais de ejecucion, y españoles con residencia alla, también se les podria contratar como equipo local, conforme a legislacion laboral de alla.
Dependiendo del tiempo y del dinero disponible- sobre todo si es poco- también se puede manejar alguna opcion como "Asistencia tecnica" con pago de servicios profesionales. O incluso solo viaje y dietas. Esto ultimo depende de si manejais fondos publicos, y de los requisitos de justificacion del gasto en tal caso. Conviene consultar.
Un saludo!
Meri
Aportada por:
Asesora voluntaria
Trabaja en:
Asesor particular
13.10.09
Hola Inmaculada;
Si van a ser expatriados significa que son personas físicas de España que envíais a trabajar al exterior, en este caso Ecuador y Perú, con lo que el contrato será laboral con alta en la seguridad social y tendréis que aplicar el "estatuto del cooperante".
Saludos, Eva
Aportada por:
Berta Liliana Brusilovsky Filer
Arquitecta, urbanista, cooperación internacional
Trabaja en:
Asesor particular
13.10.09
Hola amigos:
Para cooperantes expatriados, es decir personal español en Peru o Ecuador, coincido con Eva. Hay que hacer contrato laboral, segun los parametros que se establezcan, por titulación, tipo de proyecto, de responsabilidad, o disponibilidad de la organización, etc.
Se cobra en moneda española, el euro, salvo que parte convenga hacerlo en moneda local, por supuesto a cambio euro, eso ya lo estabecereis según convenga entre ambas partes en cada caso. Teneis que dar de alta al trabajador en la S Social igual que a cualquier trabajador español en España, dar 14 pagas o prorratearlas y pagar vacaciones segun tiempo trabajado. Vosotros como organización teneis que tener numero en la Seguridad Social para este tipo de contrataciones.
El trabajador expatriado hara sus declaraciones a Hacienda en España, cada año según le corresponda.
Un saludo.
Berta Brusilovsky Filer
Aportada por:
Mag. en AdministraciónConsultor en Cooperación Internacional y Proyectos Planif. Estratégica
Trabaja en:
Asesor particular
14.10.09
Hola
No se como sea la parte laboral en Ecuador, pero aquí en Perú si quieres venir como expatriado a trabajar, debes hacerlo registrándote en APCI que es la agencia de cooperación del Perú www.apci.gob.pe y coordinar con ellos cómo es el tema de impuestos por ejemplo, pero si es un contrato español que lo ejerce aqui los impuestos los declara allá en España, pero si hay que registrarse de todas maneras.
Saludos
Lucho
lucho.canales@gmail.com
Aportada por:
Teresa Ferraz Hermoso de Mendoza
Abogada
Trabaja en:
Asesor particular
16.10.09
Hola
Inmaculada no tengo muchos datos.
En primer lugar me gustaría saber si estas personas que van como expatriadas en que situación desde el punto de vista laboral están? Tienen contrato laboral en España y deseaís que vayan a trabajar a alguna sede que tenéis alli? Si es asi´el procedimiento es uno y es por el procedimiento transnacional.
Queréis que vayan como cooperantes? el procedimiento a aplicar es otro mediante la relación laboral de cooperación internacional.
Perdona que no te pueda aportar más información pero carezco de datos
Un saludo
Aportada por:
Ex abogado ejerciente, MSc Development Admin & Planning, Consultor
Trabaja en:
Asesor particular
24.10.09
Debereis preguntar en los consulados de Peru y Ecuador en España las condiciones para obtener un permiso de residencia y trabajo en esos paises