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Consulta formulada por:
¿Qué salario nos recomendáis en caso en que lleguemos a contratar a alguien?
10.12.14
Hola,
Mi nombre es Mª Angeles y soy la presidenta de una Asociación sin ánimo de lucro. Actualmente estamos realizando actividades en Tomares de forma gratuíta.
Pero mi pregunta es ¿Si en algún momento, ojalá sea verdad, nuestra actividad se incrementa y necesitamos contratar a alguien, cuál sería el salario recomendable para cada actividad?¿El salario mínimo interprofesional?
Y en el caso de que esta persona contratada no tenga un horario fijo, sino que vaya en demanda de los usuarios que quieran recibir nuestros servicios, ¿qué tipo de contrato se le haría? ¿Por obras y servicios? ¿y cómo cuadraríamos las horas trabajadas?.
Gracias anticipadas.
Respuestas
Aportada por:
Asesora jurídica en Dº Laboral, RRHH, RRLL y Dº Consumidores
Trabaja en:
Asesor particular
11.12.14
Estimada Mª Angeles,
Si llegais a contratar a alguien, el salario a abonar estaria en funcion de la actividad a desarrollar, y el convenio colectivo aplicable a vuestra entidad. Me explico, las funciones a desarrollar son distintas si contratais a un trabajador social, o a un psicologo, por ejemplo, y por tanto el salario a abonar, tambien suele ser distinto, y esto suele estar regulado en el convenio colectivo en el que estais encuadrados.
Respecto a la segunda cuestión, aunque la persona no tenga un horario fijo, me imagino que tendría que cumplir un minimo de horas a la semana, por ejemplo, 10, 15 o 20h/semana, y aunque las distribuyais en funcion de las necesidades de la asociacion, dicha distribucion de horas no afecta al tipo de contrato a realizar, pues este puede ser indefinido, o temporal, o si es menos de 40h/semana, seria un contrato a tiempo parcial.
Para mayor información, en la pagina web del servicio publico de empleo, podrás encontrar guias de información sobre contratos de todo tipo, que puedes revisar.
Espero haber aclarado tus dudas,
Un saludo,
Aportada por:
http://www.areadgestion.com/
Trabaja en:
Asesor particular
17.12.14
Coincido con la opinión anterior, depende de la actividad de la Asociación, en función de ello, se puede elegir el convenio colectivo más adecuado en el que están especificados los salarios.
Con respecto al horario, se puede utilizar un contrato a tiempo parcial, y se establece el número de horas semanales según vuestra elección.
Os podemos orientar sobe cualquier duda que necesitéis.