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Consulta formulada por:
¿Qué requisitos y trámites debemos llevar a cabo para un servicio de canguro remunerado?
28.01.11
Hola queremos desde la asociación abrir un servicio de canguro remunerado para aquellos padres que tengan pocos recursos y necesiten dejar a sus niños al cuidado de alguien.
Quisieramos saber si es posible, y que requisitos serían necesarios, en cuanto a personal titulado o no, servicio de comedor, seguros y fiscalmente hablando.
Muchas gracias.
Respuestas
Aportada por:
consultor independiente
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Asesor particular
31.01.11
Te agradecería me aclarases unas dudas que me surgen, y que me parece necesario resolver para poder dar una opinión:
a) ¿la asociación es la que presta directamente el servicio, facturandolo a los usuarios, o se encarga de coordinarlo, y el servicio lo prestan materialmente los canguros a los padres, facturándolo ellos mismos?
b) El servicio, ¿se va a prestar en el domicilio de los padres, o en una guardería?
c) Esta guardería, si la hubiere, ¿está en un locar de la asociación da igual si es propiedad o arrendado o está, digamos, subarrendado a una guardería preexistente?
d) ¿Existe algún tipo de subvención directamente al servicio?
Un cordial saludo
Aportada por:
Abogado. Asesoramiento en Fiscalidad, Contabilidad y Financiero.
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Asesor particular
31.01.11
Me parece un tema muy complejo:
e) ¿los canguros serán voluntarios o asalariados
f) En caso de que el servicio se prestara en lugr distinto al domicilio de los padres, casi se os podría considerar una guardería.
g) Si sólo actuais de intermediarios o coordinadores entre padres y canguros, la cosa puede ser más sencilla, porque sería un servicio que facilitarías a los usuarios de vuestra asociación
Atención a los seguros.
Respuesta del participante:
31.01.11
La idea esta mal explicada en realidad es un servicio de guarderia o de cuidado infantil, en un local propio de la asociación, con un personal asalariado, facturado todo por la asociación pagando un sueldo al personal contratado para dicho fin. Es posible que se recibiera una subvencion para poner en marcha el proyecto, pero no directamente al servicio y el servicio iría dirigido a padres asociados en la asociación
Aportada por:
consultor independiente
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Asesor particular
01.02.11
Bueno. Si no me equivoco, la asociación piensa abrir una actividad de guardería digámoslo así en un local propio, con personal asalariado, y facturando a los destinatarios del servicio directamente. ¿Sólo a padres que sean miembros de la asociación?
Tal como yo lo entiendo, vais a comenzar una actividad económica, lo que supone unas cuantas obligaciones formales y materiales.
En principio, os obligaría a dar de alta esta actividad, tanto en el eprígrafe del IAE como en el IVA (modelo 036, aunque por el IAE estaríais exentos los primeros años, y supongo que, por volumen de facturación, a perpetuidad. El IVA, a liquidar cada tres meses.
También deberíais daros de alta en la Seguridad Social, como empleadores de trabajadores por cuenta ajena. Luego, presentar los TCs mensualmente.
Sería bueno revisar los estatutos de la asociación, para ver si se acomodan a la nueva situación, o hay que hacer cambios. También conocer el resto de actividades que desarrolláis.
Un saludo.
Aportada por:
Abogado. Asesoramiento en Fiscalidad, Contabilidad y Financiero.
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Asesor particular
01.02.11
La clave puede estar en que el servicio SÓLO se presta a los asociados, pero lo primero es comprobar que esa actividad está incluída en vuestros estatutos