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Consulta formulada por:
¿Qué requisitos se exigen para constituir una fundación sin ánimo de lucro y dónde hay que dirigirse para inscribirla como tal?
26.01.04
Quiero crear una fundación sin ánimo de lucro para hacer proyectos de cooperación y desearía saber:
- Qué legislación regula la constitución de una fundación y
- Cómo se registra
Es mi intención que pueda acogerse a la nueva ley de mecenazgo.
Muchas gracias.
Respuestas
Opinión anónima
27.01.04
En respuesta a su consulta, le informamos que si la Fundación que usted desea constituir es de competencia estatal, se regirá por lo dispuesto en la Ley 50/2002 de 26 de diciembre, de Fundaciones. Si es de ámbito autonómico o inferior, debe usted atender a la legislación autonómica en la materia, toda vez que muchas Comunidades Autónomas han dictado sus propias Leyes de Fundaciones, como por ejemplo Madrid y Comunidad Valenciana.-
En cuanto al Registro, debe usted constituir la Fundación mediante escritura pública, cuyo contenido se determina en el Artículo 10 de la Ley 50/02, y proceder a la inscripción de escritura en el Registro de Fundaciones correspondiente, en atención a sus fines, momento a partir del cual la Fundación tendrá personalidad jurídica.-
Dentro del contenido mínimo de la escritura cabe destacar los Estatutos y la dotación, con una presunción de suficiencia de 30.000 euros.-
Esta respuesta no es vinculante.-
Respuesta del participante:
31.01.04
Sois siempre de una efectividad sorprendente. Acertais en los resúmenes y contestais bien y rápido. Gracias.