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Consulta formulada por:
¿Qué puede suponer el optar a cambiarnos de federación a asociación o modificar solo la elección de cargos de la junta Directiva?
11.02.16
Hola,
Medicusmundi es una federación de asociaciones (Federación de Asociaciones de Medicus Mundi en España), inscrita en la sección 2ª del registro de asociaciones del Ministerio del Interior. Al ir a inscribir los cambios, tal y como veníamos haciendo desde 2002, desde el registro nos dicen que no podemos inscribir personas físicas ya que según la interpretación que hacen ahora de la Ley, la titularidad de los cargos le corresponde a las asociaciones. Tras hablar con el registro, las opciones que nos dan son:
(1) Modificar la forma que tenemos de elegir los cargos para el Consejo (equivalente a la Junta Directiva) pasando a elegir asociaciones, que a su vez nombrarían las personas que estarían representadas en el Consejo.
(2) Convertirnos en asociación para lo cual simplemente tenemos que sustituir la palabra “Federación” por “asociación” y solicitar la inscribirnos en la sección primera del Registro de Asociaciones (evidentemente, en cualquiera de los casos tendríamos que modificar estatutos).
Mi pregunta es si pueden indicarme que puede suponer optar por una u otra solución, especialmente en lo que tiene que ver con la operativa.
Muchas gracias
Félix Fuentenebro
Respuestas
Muy buena
Aportada por:
Asesor de gestión, Fundraising y economia social
Trabaja en:
Asesor particular
14.02.16
Buenas tardes Félix
dada la experiencia que yo tuve anteriormente en un tema parecido, mi consejo es;
si alguna de las asociaciones perteneciente a la federación actual tiene CIF propio, lo mejor es la opción 1 ya que organizativamente hablando sería un cambio mínimo incluso en el día a día de la federación, con esta opción podéis plantearos, incluso, crear una especie de Junta permanente, a la que acuden representantes de todas las entidades asociadas y de ellos surge la Junta directiva de la Federación
Por otro lado, si constituís una asociación y alguna de las actuales tiene un CIF propio, tendrá que realizar asamblea extraordinaria para darse de baja de la Federación actual, aprobar su disolución (para dar de baja el CIF) y la entrada en la nueva asociación como delegación de ésta,
Si todas las asociaciones miembro son ya delegaciones bajo el mismo CIF y número de registro, la elección 2 puede ser la correcta, pero la verdad, vuestro día a día como Junta directiva no cambiará mucho sobre lo que tenéis actualmente, y además, como bien dices tendreis que realizar asamblea extraordinaria para aceptar esta opción y la modificación estatutaria correspondiente
Tampoco se si os presentáis a subvenciones de coordinación asociativa, pero si lo hacéis con la segunda opción no os será posible
Si necesitáis más aclaraciones podéis contactar conmigo cuando queráis el mail
fr.synapsis@gmail.com
Un saludo
Francisco Rodriguez
telf.686964869
Respuesta del participante:
26.02.16
Gracias francisco,
Todas las asociaciones tienen CIF propio. La opción 1 es la que estamos barajando. Un saludo