Consultas Online
Consulta formulada por:
¿Qué posibilidades tenemos respecto a la devolución de una subvención que nos solicitan?
09.01.13
Hola,
Quisiera que nos informarais sobre qué posibilidades tenemos en relación a la devolución una subvención pública que nos solicitan.
La situación es la siguiente. La anterior trabajadora de la asociación (trabajadora social) se le contrató a través de una subvención (Servicio Navarro de Empleo). Un requisito de la subvención era que su contrato tenía que tener una duración de 2 años como mínimo, pero se fue antes de finalizar. Esta figura fue sustituida por otra profesional cumpliendo 2 de los 3 requisitos que marcaba la subvención:
-Sustituirlo por otro trabajador con las mismas condiciones de horario, sueldo, vacaciones, etc. (este requisito se cumplió)
-Sustituirlo en un plazo máximo de un mes (este requisito se cumplió)-Que el trabajador que lo sustituya esté inscrito como demandante de empleo en la oficina pública. Este es el único requisito que no se cumplió y por el que nos solicitan la devolución de la subvención.
Queremos saber si tenemos alguna posibilidad al respecto, o si conocéis alguna otra asociación que les haya pasado algo similar, ya que en nuestro caso, la persona que entró desconocía que debía comunicar la sustitución y demostrar que cumplía esos requisitos.
Muchas gracias por vuestra ayuda,
Un saludo.
Gracias.
Respuestas
Aportada por:
Asesora voluntaria
Trabaja en:
Asesor particular
10.01.13
Hola Lorea,
Lo tenéis complicado, recuerda aquello de que “el desconocimiento de una obligación no nos autoriza a su incumplimiento”, o algo así.
Si era una condición del financiador deberíais haberla cumplido, lo que no estoy segura del importe a devolver, normalmente es la parte proporcional al importe “no justificado” , en este caso debería ser la parte del suelo del trabajador de esos tres meses, pero no estoy demasiado segura.
Saludos, Eva
Aportada por:
Enclave Social, Consultoría de iniciativas sociales
Trabaja en:
Asesor particular
10.01.13
Buenos días estoy de acuerdo con Eva en cuanto a que las bases de la convocatoria, establecían los requisitos de la contratación, por lo que su incumplimiento puede conllevar a la devolución de la parte que realmente no se ha ajustado a la subvención en concreto.
En Andalucía por ejemplo el proceso se hace presentando oferta genérica de empleo a través de una oficina del servicio regional de empleo, donde tienes que hacer selección entre 5 candidaturas que te envía la oficina y que cumplen las características de la contratación según la orden de bases y convocatoria.
Én caso de baja, lo lógico es tirar de las otras 4 personas que se han quedado fuera de la misma, que en el momento inicial cumplian los requisitos pero que a lo largo del tiempo han podido sufrir modificación respecto a su situación laboral. No se si por aquí lo puedes orientar.
En cualquier caso deberían pedir devolución de la parte incorrectamente ejecutada y justificada.
Un saludo y suerte
Luis
Opinión anónima
10.01.13
Lo único que cabe es dialogar con la propia Administración. Explícales la situación, alega alguna causa (urgencia, necesidad de que la persona conociera la entidad, corto período de tiempo…)en fin, tienes que negociar.