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Consulta formulada por:
¿Qué podemos hacer para que estos ingresos no supongan un problema para nuestra ONG?
08.06.13
Hola,
Nuestra ONG se rige por la ley 49/2002. Tenemos una cuenta corriente que nos genera intereses. Al ser ingresos no afectos a nuestra actividad, ¿puede generarnos algún problema? Si es así, cómo podemos actuar para que no ocurra ésto?
Gracias
Respuestas
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Aportada por:
http://www.consultoriadefundaciones.es/
Trabaja en:
10.06.13
Buenas noches David:
Supongo que cada año le entregáis a la entidad bancaria el certificado que os emite Hacienda de estar incluidos en la Ley 49/2002. Con ello evitáis que el banco os retenga el 21% de los intereses.
Para aquellos lectores que no hayáis actuado así no os preocupéis pues al presentar el Modelo 200 podéis solicitar la devolución pero esta rutina anual es fundamental a la hora de optimizar vuestros fondos.
Saludos,
Juande