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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Montserrat González Marante

¿Qué plazos y funciones tiene una gestora constituida por dimisión del equipo directivo de nuestra asociación?

18.07.12

Hola,

Hemos constituido una gestora como consecuencia de la dimisión del equipo directivo de nuestra asociación, Amavite. Os agradecería que me proporcionaseis información legal sobre los plazos, las funciones, la convocatoria de nuevas elecciones, etc.. que debe cumplir la gestora.

Gracias de antemano

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Respuestas

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#1

Opinión anónima

19.07.12

La gestora debe permanecer en su puesto unicamente el tiempo estrictamente necesario para celebrar una asamblea general extraordinaria, debidamente convocada según lo que prescriban los Estatutos de la entidad.
Las funciones a desarrollar son las menos posibles; unicamente las estrictamente necesarias para mantener la vida de la asociación mientras no se celebra la Asamblea, sin tomar decisiones de calado, para las cuales por lo demás, posiblemente no tenga toda la capacidad jurídica exigible. Por ello, la prudencia es una de las mejores medidas.
Y la rapidez, como he dicho antes.
En todo caso, ¡ánimo y suerte con vuestra iniciativa!

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#2

Respuesta del participante:

Montserrat González Marante

20.07.12

Muchisísimas gracias, has satisfecho mis dudas, qué buena labor haceis, de verdad, millones de agradecimientos

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#3

Excelente

Aportada por:

Rafael Perez Castillo

Funcionario de la Junta de Andalucí­a. Abogado no ejerciente. Doctorando en Derecho.

Trabaja en:

Asesor particular

21.07.12

Estimada Montserrat: en relación con la consulta establecida, paso a informarte lo siguiente: la Comisión Gestora es un órgano de dirección que debe de venir contemplados en los estatutos de vuestra asociación, en cuanto a los supuestos que conlleva a la constitución de dicha Comisión que sustituye a la Junta Directiva, así como respecto a la composición de la de misma. En cuanto a las funciones de la Comisión Gestora, dependiendo de lo que establezcan los estatutos asociativos, “ a grosso modo”, puede señalarse que la misma ejercerá las funciones de gobierno, administración y representación que corresponde a la Junta Directiva, pero limitadas a los actos necesarios e imprescindibles para el mantenimiento de las actividades normales de la asociación, al cumplimiento de las obligaciones económicas de la misma, despacho de asuntos de trámite y la protección de sus intereses. La función principal de la Comisión Gestora será la convocatoria de elecciones para constituir una Junta Directiva, lo que deberá llevar a cabo en el plazo fijado en los estatutos desde que sus miembros hayan tomado posesión de sus cargos. Espero haberte ayudado. Cordialmente. Rafael Pérez Castillo. rperezcastillo@gmail.com
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#4

Respuesta del participante:

Montserrat González Marante

21.07.12

Muchas gracias Rafael, si ya ando más orientada, lo más lógico es entrar en la convocatoria de elecciones y ya está. Mi gratitud.

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#5

Respuesta del participante:

Montserrat González Marante

03.08.12

Gracias, claro, me habeis ayudado sobre todo a espabilar para hacer las gestiones antes que tarde, se solicitó la gestora y estamos a la espera de que la administración responda. Son ustedes muy correctos, responden rápido e informan de lo que hay, hay asuntos que no están muy claros legislativamente hablando.En fin, gracias y ya contactaré de nuevo.

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