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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Lucrecia Scripca

¿Qué pasos tenemos que dar para formalizar la relación con una empresa que nos va a financiar?

17.12.09

Somos una asociación sin ánimo de lucro y no tenemos dinero para pagar salario al director de la asociación. Una empresa se ha ofrecido a cubrir este salario, como sponsor. ¿Qué pasos tenemos que dar para formalizar esta financiación?


Muchas gracias.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Albert Figa Batallé

Asesor legal y contable de ENLs www.riberetaverda.org

Trabaja en:

Asesor particular

17.12.09

Bona vesprada Lucrecia,


Entiendo que con un convenio firmado entre las partes basta.


Saludos,


Albert Figa

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#2

Aportada por:

Montse de Paz

Fundación ARSIS

Trabaja en:

Asesor particular

17.12.09

Hola, Lucrecia,


pues te digo igual que Albert: firmad un convenio de colaboración. Y añado: mantened un contacto personal regular con ellos, con mucha comunicación sobre lo que hacéis. Nada como el trato humano cara a cara, y más con un patrocinador tan generoso.


Si quieres un modelo de convenio general, adaptable a cualquier colaboración, te puedo pasar uno.


Saludos y enhorabuena por esta gestión que habéis hecho, ¡es estupendo!


Montse de Paz

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#3

Aportada por:

Fernando José Zaplana Pérez

Asesor ENL fiscal y laboral. Graduado Social. Máster Asesoría Fiscalwww.viaasesores.com

Trabaja en:

Asesor particular

17.12.09

Desconozco los antecedentes, pero creo que debeis obtener la declaración de Utilidad Pública,  y posteriormente solicitar vuestra incorporación al régimen fiscal de mecenazgo ley 49/2002.


De este modo podreis hacer un convenio de colaboración con cualquier empresa, de modo que no se entienda que hay prestación de servicios de patrocinio publicitario y por tanto con obligación de repercutir IVA, cuando estas en la ley del mecenazgo estos convenios no llevan IVA si no se entienden publicidad y tambien estan exentos de tributación en Impuesto de Sociedades.


Lo del contrato es lo de menos, cualquier modelo estandar serviría, unicamente deben cuidarse las formas en cuanto a que no sea publicidad y que el donante no haga uso de ese patrocinio para valorar su entidad como donante. En caso de que quiera utilizarlo de forma publicitaria llevaría IVA en cualquier caso, régimen de parcialmente exentas o régimen de mecenazgo, aunque en el caso del mecenazgo está exento en sociedades.


Atentamente,


Fernando J. Zaplana


www.viaasesores.com

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#4

Aportada por:

Bertha Argueso Herrmann

Protectora de animales y plantas

Trabaja en:

Asesor particular

21.12.09

TENEIS QUE FIRMAR UN CONVENIO.


EL CONVENIO SE REDACTA POR AMBAS PARTES. LO BASICO QUE TIENE QUE TENER UN CONVENIO SON:


DATOS DE QUIEN LO FIRMA, MOTIVOS POR EL QUE LO FIRMAIS, OBJETIVOS, FORMA DE LLEVARLO A CABO, DURACIÓN, Y LOS MOTIVOS POR LOS QUE QUEDARÍA ANULADO EL CONVENIO.

solucionesong.org
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