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Consulta formulada por:
¿Qué os parecen las condiciones que la asesoría pone a la hora de gestionar estas convocatorias de subvenciones?
10.04.15
Hola,
Somos una ENL y para llevar a cabo un proyecto de emprendimiento social para personas sin empleo vamos a presentarnos este año a varias convocatorias de subvenciones públicas y privadas.
Una asesoría nos ha ofrecido un servicio de gestión de subvenciones que consiste en que nos revisan el proyecto a subvencionar y nos lo presentan ellos a todas las convocatorias donde encaje en función de sus bases reguladoras. A cambio nos quieren cobrar un porcentaje de la subvención (si se concede) que oscila del 7 al 15 % de la misma, según cuantía concedida. Nuestras inquietudes son:
1. La asesoría afirma que no son cobeneficiarios de la subvención, por lo que no están obligados a justificar ante el donante el porcentaje cobrado, entonces ¿Cómo podemos nosotros justificar los honorarios de esta asesoría, si no van a invertirse directamente en el proyecto? No podemos considerarlos Costes Indirectos pues pueden superar el porcentaje exigido en algunas convocatorias.
2. ¿Os parecen abusivos los porcentajes que pretenden cobrarnos?
3. ¿Realmente la asesoría no figuraría nunca como cobeneficiaria de la subvención concedida, y todo el peso de la justificación correría de nuestra parte?
Muchas garcias.
Respuestas
Aportada por:
Economista especializado en Gestión de Asociaciones
Trabaja en:
Asesor particular
13.04.15
Si la asesoría os gestiona la subvención, su factura se podrá imputar o no al proyecto dependiendo de las bases de la convocatoria. Si las bases no permiten que se pueda justificar la factura de la gestoría, entonces tendréis que imputarla en otra subvención o pagarla con vuestros fondos propios. Es lo mismo que os puede pasar con otros gastos como los de teléfono, alquileres, seguros, desplazamientos… Si no tenéis otros fondos para financiar esos gastos, pues no es viable que lo lleveis a cabo, o tendréis que buscar una cofinanciación, que además se suele valorar positivamente por los financiadores.
Los responsables del proyecto sois siempre vosotros. La asesoría os ayuda, no puede ser cobeneficiaria, salvo que se trate de un proyecto que lleveis a cabo conjuntamente, que no creo que sea el caso.
Una posible forma de juzgar el precio, sería calcular las horas de trabajo que os llevaría a vosotros hacer todo ese trabajo, según las retribuciones que estiméis adecuadas. Teneis que considerar si en la gestión se incluye la justificación económica, que irá conectada con la contabilidad, la elaboración de la memoria, que depende de la persona responsable del proyecto, la respuesta a los posibles requerimientos, etc.
Un saludo.
Opinión anónima
14.04.15
Coincido totalmente con Jose Antonio. Para valorar si es abusivo o no, habría que ver hasta qué punto se implican en las fases de seguimiento y control, así como en la justificación final del proyecto.
Saludos
Salvador
puche29consultoria
Aportada por:
Diseñador y consultor de proyectos de cooperación
Trabaja en:
Asesor particular
14.04.15
Hola Manuel,
Los compañeros ya te han afinado muy bien las respuestas.
Te comento sobre tus preguntas:
1. Sin duda es una cuestión de las bases que regulen la convocatoria de subvención a la que tu entidad se presenta. Puede estar explicitado o no. Debes consultarlo con el ente financiador.
2. Para opinar, decirte que los porcentajes tienen mayor o menor “peso” dependiendo del monto total del proyecto. Coincido con la idea de calcular cuantas horas tardaría personal de vuestra entidad en hacer ese trabajo.
3. La entidad es la responsable administrativamente, por tanto la gestoría no.
Espero puedas solucionar esta cuestión. Si necesitas aportar nueva información para la consulta no dudes en hacerlo.
Suerte y un abrazo,
Marc Masmiquel
@marcmasmiquel