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Consultas Online

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Consulta formulada por:

ONG en el anonimato

¿Qué ocurre si la organización nacional de la que depende la autonómica se niega a transferir recursos tras la división de entidades?

11.09.17

Hola,

Formo parte de una asociación con personalidad juridica propia cuyo ámbito de actuación es autonómico que está integrada en otra organización que tiene entidad jurídica propia y cuyo ámbito de actuación en a nivel nacional.

El instrumento de integración es un documento denominado protocolo de integración que fue aprobado por la asamblea general de socios de mi organización.

Y por discrepancias severas en el funcionamiento, la organización se quiere desintegrar de la nacional a través de la votación en asamblea general de socios de denuncia del protocolo de integracion para dejarlo sin validez.

La pregunta es que si esto sucede, se denuncia, invalida, deja sin efecto dicho protocolo en asamblea general de socios dando lugar a dos organizaciones independientes, ¿que pasa si la organización nacional se niega a transferir los recursos de la autonómica para impedir su funcionamiento y axifiarla económicamente? (cuota de socios) ¿puede hacerlo? ¿seria legal? ¿qué podría hacer la asociación autonómica para pedir esos recursos y defenderse de tal acción? De no darle sus recursos puesto que ahora mismo por el protocolo la nacional es la encargada de cobrar cuotas y repartirlas.

En él se establecen entre otros los siguientes artículos.
Los socios de XXX serán a su vez socios de XXX nacional, teniendo por lo tanto derecho a disfrutar de los servicios que esta Asociación de ámbito nacional proporcione a sus socios individuales y colectivos.

Los socios de XXX nacional en el territorio pasan a formar también parte de la organización territorial como socios de pleno derecho.

XXX Nacional gestionará el cobro de las cuotas de socios y las repartirá con la organización autonómica, según los acuerdos que se suscriban entre ambas.

La Junta Directiva Autonómica y Nacional tomarán todos los acuerdos de cooperación que estimen oportunos.

El Presidente Nacional será a su vez propuesto como Presidente de la organización autonómica para su ratificación en acuerdo de la Asamblea General Autonómica, salvo que éste acuerde delegar el cargo en otro miembro de la Junta Directiva Nacional . A efectos prácticos deberá existir uno o más vicepresidentes en la Junta Directiva Autonómica que puedan actuar en su lugar ejerciendo las funciones del mismo.

Las dos organizaciones funcionarán bajo el principio de unidad de acción, en cumplimiento de los estatutos y reglamentos nacionales, y los acuerdos o líneas adoptados por el Congreso Nacional, el Consejo General y la Junta Directiva Nacional.

Gracias.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Valentín Playá Serra

Abogado y especialista en Tecnologias de la Informacion

Trabaja en:

Asesor particular

13.09.17

Hola,

Sin entrar en el fondo de la cuestión lo ideal sería llegar a un acuerdo las dos entidades. Si no fuera posible que la opción de un arbitraje o un procedimiento judicial.

Saludos,

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#2

Opinión anónima

13.09.17

Salvo mejor opinión, cabe suponer que en el Protocolo de Integración deberían de recogerse las condiciones de la misma, así como las que se derivarían de la posible cancelación de dicha integración.

En cualquier caso, cualquier discrepancia entre ambas entidades, la de ámbito nacional y la de ámbito autonómico, deberá sustanciarse ante el poder jurisdiccional (tribunales).

Un atento saludo.

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