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Consulta formulada por:
¿Qué ley y artículos debemos indicar al preparar una factura exenta de IVA?
12.12.18
Hola:
Somos una entidad religiosa y por tanto sin animo de lucro.
Al preparar una factura sin IVA tengo que indicar la ley y artículo concreto por el cual estamos exentos, pero no sabemos cuál sería.
¿Qué texto debemos indicar exactamente?
Muchas gracias de antemano. Saludos.
Respuestas
Aportada por:
Economistacolaborador AssociacionsBarcelona jordigargallo@economistes.com
Trabaja en:
Asesor particular
12.12.18
No existe una exención subjetiva por el tipo de entidad de tipo religioso que se aplica a todas sus actividades económicas.
Depende de la actividad que en cada caso se realice y si no se puede incluir en ninguna se deberá repercutir IVA en la factura y pagar a Hacienda.
Por este motivo deberéis buscar el punto del articulo 20 de la ley del IVA que se ajuste a cada actividad, probablemente el punto 8 o 9.
“Actividad exenta por el articulo x de la ley del IVA”
Aportada por:
Abogado. Asesor Tributario ESFL
Trabaja en:
Asesor particular
12.12.18
En principio, si se emite una factura exenta de IVA no es imprescindible hacer referencia al artículo que regula la exención. Por ejemplo, un médico que emite una factura no hace referencia al artículo, punto y letra que regula la exención, o por lo menos no es habitual.
No obstante, puede resultar conveniente incluir el artículo, apartado y punto o letra que regula la exención, en el caso de actividades que puedan provocar dudas en cuanto a si gozan o no de exención.
Lógicamente, para saber dónde se regula expresamente la exención, se debe conocer la actividad que se realiza.
Saludos.
Juan González Martín-Palomino.