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Consulta formulada por:
¿Qué ley española ha de respetar un convenio entre una ONG española y otra institución extranjera?
14.04.10
Cuando una ONG desea establecer un convenio con otra ONG, entidad o administración del extranjero ¿a qué Ley española se debe acoger, independientemente de que la entidad extranjera también haga respetar la ley de su país?.
Muchas gracias de antemano
Respuestas
Aportada por:
Teresa Ferraz Hermoso de Mendoza
Abogada
Trabaja en:
Asesor particular
14.04.10
Hola
Primeramente regirá el acuerdo marco de cooperación entre la asociación x (española) y la y(extranjera) que tendrá fuerza de ley pero nunca podrá vulnerar las leyes de los paises implicados y las normas internacionales y los acuerdos bilaterales si los hubiese
Gracias
Aportada por:
Ex abogado ejerciente, MSc Development Admin & Planning, Consultor
Trabaja en:
Asesor particular
15.04.10
Un acuerdo de colaboración o convenio es básicamente un contrato para el que normalmente os acogeréis a las estipulaciones del Codigo Civil, bien español o el de la nacionalidad de vuestra contraparte. Abundando en lo que dice Teresa Ferraz, sobre el español os conviene dar una leidíta a los arts 1244 y ss, por ejemplo en
http://www.derecom.com/recursos/normativa/pdf/ncodciv.pdf
También os podríais guiar por los codigos mercantiles, de comercio o de similar denominación según sea el país de vuestros socios.
En ambos casos creo que lo más importante es dejar claro cual es la jurisdicción a la que estará sujeta el contrato, ya la de vuestro domicilio legal o el de la contraparte extranjera. Esta cuestión deberéis considerarla con mucho detenimiento, pensando en posibles dificultades futuras. Lo mismo si pensáis incluir una clausula de arbitraje.
Si fuera una administración de otro país deberéis comprobar la capacidad para contratar por parte del funcionario de que se trate, y las reglas aplicables en caso de que esa administración firme un convenio bajo la jurisdicción de vuestro domicilio en España.
Saludos JMT