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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Hazel Morgan Brown

¿Qué IVA se aplica a las publicaciones que no incluyen publicidad y tienen vocación de informar y educar?

31.10.12

Hola,

Somos una ONG y queremos hacer una pequeña publicación para informar de los valores ambientales de una parte de nuestra isla. La imprenta dice que el IVA es el 21% pero, para las publicaciones que no incluyen publicidad y tienen vocación de informar y educar, ¿Se aplica menos IVA?

Gracias

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Respuestas

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#1

Aportada por:

José María Rodríguez Arias

Trabaja en:

Asesor particular

31.10.12

Buenos días

Entiendo que el IVA del que hablan es el que les cobra la imprenta por el trabajo de imprimir los libros, ese es el IVA por el servicio y no importa la finalidad de la publicación.

Otra cosa es el IVA que ustedes tengan que repercutir a la hora de vender dicha publicación, que será del 4% siempre y cuando no sean fundamentalmente un soporte publicitario. (Y siempre que hablemos de una publicación impresa en venta, si es una publicación digital el IVA es del 21%.)

Un saludo

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#2

Respuesta del participante:

Hazel Morgan Brown

31.10.12

Gracias. No vamos a vender la publicación.. entonces entiendo que la imprenta si nos cobra 21% para el impreso..?

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#3

Opinión anónima

31.10.12

Hola Hazel,
No obstante, lo confirmaría siempre con una llamada a la Agencia Tributaria.
Un saludo
Salvador.

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#4

Aportada por:

José María Rodríguez Arias

Trabaja en:

Asesor particular

31.10.12

Buenos días

Sí, porque ellos están obligados a repercutir el IVA por el servicio prestado (que es el 21%), al igual que en la factura de la luz o cualquier otro bien o servicio sujeto ustedes pagan también el IVA.

Un saludo

PD: Nunca está de más llamar a la Agencia Tributaria en estos casos.

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#5

Respuesta del participante:

Hazel Morgan Brown

31.10.12

Hice una llamada a Hacienda y me hizo una consulta que parece ser que los servicios de la imprenta cuando se trata de publicaciones sin publicidad solo cobra 4%, aunque el editor (en nuestro caso la ONG) tiene que pedirlo y son los responsables a la hora de justificar (se cabe) que su publicación entra en este concepto.

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#6

Opinión anónima

31.10.12

Buenos días,

Es una buena pregunta Hazel. Si te lees el art. 91.Dos.2 de la Ley del IVA verás que pone que se aplica el 4% a las ejecuciones de obra que tengan como resultado inmediato la obtención de un libro, periódico o revista que no contenga solo o fundamentalmente contenido publicitario.

Es decir las ejecuciones de obra (servicios de impresión) de los bienes mencionados cuando no contengan única o fundamentalmente publicidad van al tipo reducido del 4% de IVA. Yo entiendo que os sería aplicable el 4%.

No obstante, ten en cuenta que el sujeto pasivo del IVA es la imprenta y por tanto querrá cubrirse las respaldas aplicando el 21% en lugar del 4&.

No obstante, en una consulta de la Dirección General de Tributos hablan sobre la posibilidad de que el cliente entrege declaración escrita a la imprenta en la que bajo su responsabilidad y de acuerdo con las reglas anteriores, se comunique el tipo impositivo que proceda aplicar.

Te adjunto algunas consultas de la Dirección General de Tributos donde puedes leer todo esto. He subrayado en amarillo lo mas relevante.

Espero que la imprenta os aplique el 4%

Un saludo.

BEA

Esta aportación tiene un documento que la complementa. ¡Descárgalo!

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#7

Opinión anónima

31.10.12

Buenas de nuevo,

Se han cruzado nuestras respuestas Hazel. Es justo lo que dices. Las consultas que te adjunto lo dicen muy claro.
No es el 21% como la luz sino el 4% si se trata de publicaciones que cumplan con esos requisitos.

Mi consejo: Hacer un documento escrito para la imprenta donde pongáis el artículo de la Ley del IVA que os cito y la referencia de las Consultas que lo explican y manifesteis que vuestra publicación cumple con los requisitos citados asumiendo la responsabilidad en caso contrario. Asi supongo que la imprenta no podrá objetar nada.
Un saludo!

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#8

Respuesta del participante:

Hazel Morgan Brown

31.10.12

Perfecto, muchas gracias!

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