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Consulta formulada por:
¿Qué ingresos y qué gastos tiene exentos una entidad declarada de utilidad pública?
23.07.12
Una entidad declarada de utilidad pública, ¿Tiene exentos los ingresos por donaciones, subvenciones, cuotas? ¿Estarían también exentos los siguientes gastos: relacionados con intereses bancarios, una cantidad de 380 € derivados de los gastos del teléfono y los gastos de personal derivados de los ingresos por servicios de formación al personal?
Gracias
Respuestas
Opinión anónima
24.07.12
Hola María,
Los rendimientos exentos ya los has comentado. En cuanto a los gastos que comentas, parecen derivados de las rentas, por tanto seran deducibles. Dicho de otra manera, sin esos gastos no puedes obtener las rentas exentas
Referencia legal: Al ser una entidad declarada de utilidad publica podrá acogerse a los beneficios fiscales contemplados en la Ley 49/2002. Capitulo II. Impuesto Sociedades.
Espero haberte despejado las dudas.
Gracias
Salvador
http://puche29blog.wordpress.com/
Aportada por:
Abogado. Asesoramiento en Fiscalidad, Contabilidad y Financiero.
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Asesor particular
24.07.12
Como dice Salvador, están exentos todos los ingresos necesarios y relacionados con la actividad de la Asociación, si ya has quitado la mayor parte de los ingresos, te queda reflejar los gastos asociados a ellos: los directos de la Asociación relacionados con su finalidad y los que son necesarios para que poder prestar ese servicio: los intereses, los gastos de formación del personal, los gastos de gestión, teléfono, luz, etc. Si hablas del I.S. las casillas 250 y 251 recogen los aumentos y disminuciones de gastos y rentas deducibles en el Impuesto. El desglose de estas cifras es uno de los apartados que se debe reflejar en la Memoria que hay que presentar en Hacienda antes de que acabe el mes de Julio.