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¿Qué es un poder notarial? ¿dónde tenemos que solicitarlo?
22.01.07
Nos piden un poder notarial para un convenio con el Ministerio de Educación y Ciencia y no sabemos en que consiste este documento ni como se consigue ¿podéis informarnos?
Muchas gracias.
Respuestas
Opinión anónima
24.01.07
Un poder notarial, es en pocas palabras un documento publico por el cual se autoriza a una persona para realizar algun tipo de acciones expresadas en el propio documento. Es decir, por ejemplo si esa persona fisica tinene que representar a la asociaciópn, son los componentes de la dirección los que autorizan a esta persona o grupo de personas para realizar acciones juridicas en nombre de la asociación. Se consigue en un notario, tedriais que ir los cargos directivos de la asociación y hacer el poder para essa persona o personas. Tambien se utiliza por ejemplo cuando a los letrados se le autoriza ( apodera) para pleitos de una persona.
Espero haber resuelto vuestra duda
Opinión anónima
24.01.07
Un “poder notarial” es un documento público otorgado ante notario donde una persona física o jurídica reconoce a otra la capacidad de representarla, celebrar contratos en su nombre…, quedando obligada la primera por aquellos compromisos contraídos por la segunda dentro de los límites de las competencias atribuidas por el citado poder.
En el caso concreto que planteáis, supongo que os piden un poder notarial donde se le reconozca al representante de vuestra asociación que vaya a firmar el convenio la capacidad para hacerlo. Lo podéis solicitar en cualquier notaría.
Opinión anónima
24.01.07
Un poder notarial es un documento otorgado ante un notario público, por el que una persona (física o jurídica) apodera a otra persona (es decir, autoriza legalmente a otra persona) para que le represente. En el poder se contienen las facultades que el apoderado está autorizado para ejercitar.
El poder es vinculante. Esto quiere decir que lo que haga el apoderado mostrando el poder a un tercero vinculará a quien otorgó el poder.
En vuestro caso, parece que el Ministerio quiere estar seguro de que la persona física que firma el Convenio efectivamente representa a la sociedad. Por eso, se le pide que otorgue un poder a quien vaya a firmar, indicando que la facultad conferida sea la de firmar el convenio (y posiblemente, aportar documentos o firmar modificaciones). El Ministerio os podrá facilitar las facultades que necesitan que se incluyan en el poder.
El poder debe firmarlo el/los representante/s legal/es de la Asociación, llevando al notario su DNI así como el documento que acredite la identidad y existencia de la asociación y su representación.
En la notaría os podrán dar más explicaciones sobre lo que se necesita.
Alejandro López Ortiz
Abogado
Aportada por:
Abogado / Graduado Social / Consultor ONGs / Asesor fiscal / Experto informatico / etc
Trabaja en:
Asesor particular
24.01.07
Teneis que ir a cualquier Notaria de vuestra localidad o de la querais, y solicitarlo. Alli os diran exactamente los tramites y el coste es de unos 30 euros. Tendreis que especiificar si el poder tiene que ser para una cosa concreta o un poder general, que sirve para casi todo. Si vuestra entidad esta constituida mediante un documento notarial, si es posible mejor que vayais a la misma notaria puies alli ya tendan los datos. Pero no es imprescindible acudir a la misma Notaria
Saludos
Opinión anónima
24.01.07
Estoy de acuerdo con todo, por lo que intentaré aclarar alguna cosa.
El poder que os pide el Ministerio parece que es un poder especial, es decir, un poder específico para la firma del convenio concreto.
Así pues a la notaría lo que debéis llevar son los originales de la escritura de constitución y estatutos de la asociación, y un certificado del acuerdo adoptado para el otorgamiento de dicho poder especial.
Lógicamente dicha facultad, la de otorgar poderes, debe estar contemplada entre las facultades de la asociación en los estatutos.
Salu2
Opinión anónima
26.01.07
el poder notarial es un documento público a traves del cual una o varias personas que vosotros elegis os representarán, se utiliza mucho en temas juridicos y así los abogados tienen poder y no tienen que ir los clientes, en vuestro caso es para que no tengais que acudir toda la asociacion.
Se realiza en cualquier notaria y el precio esta estipulado por arancel
Opinión anónima
26.01.07
Saludos coincido con Jesus Pedrosa, en lo referente a que lo que les han de pedir es un poder especial, específicamente para el convenio, Lo consiguen ante una Notaría Pública, llevar documentación reglamentaria, por lo general Cédula de Ciudadanía, Estatuto de la Organización, Documentación de la persona que entrega la Autorización, mandatro o poder