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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Laura Martinez Ríos

¿Qué dice la ley con respecto al seguro de voluntariado?

13.06.11

¿Qué dice la ley con respecto al seguro de voluntariado?

Muchas gracias

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Eva Buades Martinez

Asesora voluntaria

Trabaja en:

Asesor particular

15.06.11

Hola Laura,

La ley 6/1996, art. 6 derechos del voluntariado dice que los voluntarios tienen derecho a:
d) Ser asegurados contra los riesgos de accidente y directamente del ejercicio de la actividad voluntaria, con las características capitales asegurados que se establezcan reglamentariamente.

La misma ley, art. 8 …las organizaciones deberán (no obliga) b) Acreditar la suscripción de una póliza de seguro, adecuada a las características y circunstancias de la actividad desarrollada por los voluntarios, que les cubra de los riesgos de accidente y enfermedad derivados directamente del ejercicio de la actividad
voluntaria, con las características y por los capitales asegurados que se establezcan reglamentariamente.

Sin embargo, en la La Ley 4/2001 de 19 de junio, del Voluntariado de la comunidad Valenciana, en su art. 12 **si obliga a las entidades a suscribir poliza seguro a los voluntarios.

Creo sería interesante saber si en la Comunidad Autonoma donde estéis hay ley de voluntariado y ver que dice al respecto.

Saludos, Eva

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#2

Aportada por:

Eva Buades Martinez

Asesora voluntaria

Trabaja en:

Asesor particular

15.06.11

Hola Laura,

Yo de nuevo…, revisando la respuesta a tu consulta, en el art.8 de la ley del voluntariado, cuando dice que la entidad debe acreditar la suscripción de una poliza … para poderla acreditar debe tenerla suscrita, con lo que entiendo claramente, jeje, que si es obligado suscribir poliza seguro para el voluntariado.

Saludos, Eva

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#3

Aportada por:

Valentín Playá Serra

Abogado y especialista en Tecnologias de la Informacion

Trabaja en:

Asesor particular

16.06.11

Laura,

hay distintas leyes de voluntariado en muchas Comunidades autonomas, es posible que en la Comunidad valenciana también la haya.

Buscala en Internet, normalmente están muy claras las obligaciones con los voluntarios para los que hay que tener un seguro.

Saludos,

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#4

Aportada por:

Rafael Perez Castillo

Funcionario de la Junta de Andalucí­a. Abogado no ejerciente. Doctorando en Derecho.

Trabaja en:

Asesor particular

18.06.11

Hola Laura : en relación con la consulta establecida, paso a informarte lo siguiente: en primer lugar, debemos de partir del hecho de que vuestra entidad está inscrita, salvo error u omisión por mi parte, en el Registro Nacional de Asociaciones del Ministerio del Interior, teniendo su domicilio social en Elche, aunque con un ámbito, a nivel nacional, en cuanto al ejercicio de sus actuaciones.
Si estamos en lo cierto, inicialmente, habrá de tenerse en cuenta la Ley 6/1996, de 15 de enero, del Voluntariado, como normativa estatal en materia del voluntariado, la cual establece la exigencia de la existencia de un seguro para los voluntarios dentro de los derechos de los mismos, siempre y cuando vuestra entidad existan voluntarios que participen en programas de ámbito estatal o supraautonómico, tal como se expone, a continuación:
Artículo 2. Ámbito de aplicación.
1. Esta Ley ser de aplicación a los voluntarios que participen en programas de ámbito estatal o supraautonómico, así como a las correspondientes organizaciones en cuanto desarrollen dichos programas.
2. También ser de aplicación a los voluntarios y organizaciones que participen en programas que desarrollen actividades de competencia exclusiva estatal.
Artículo 6. Derechos del voluntario.
Los voluntarios tienen los siguientes derechos:
d. Ser asegurados contra los riesgos de accidente y enfermedad derivados directamente del ejercicio de la actividad voluntaria, con las características y por los capitales asegurados que se establezcan reglamentariamente.
Para el caso de que no se desarrollen los programas citados, habrá de estarse a lo dispuesto en la Ley 4/2001, de 19 de junio, del Voluntariado, aprobada por las Cortes Valencianas, mencionando lo siguiente respecto al aseguramiento del voluntariado:
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
2. La presente Ley será de aplicación a toda actividad que, conforme a ésta, sea calificada como de voluntariado y se desarrolle en la Comunidad Valenciana
Artículo 12. Obligaciones de las entidades de voluntariado.
Las entidades deberán en todo caso:
f.Suscribir una póliza de seguros que garantice a la persona voluntaria la cobertura por los daños y perjuicios que puedan ocasionarse a la propia persona voluntaria y los que se produzcan a terceros.
En suma, pues, el seguro para el voluntariado aparece recogido tanto en la ley estatal como en la autonómica valenciana, bien como un derecho del voluntariado, bien como una obligación de la entidad asociativa, siendo, en cualquier caso, una exigencia para dicha entidad.
Espero haberte ayudado.
Cordialmente,
Rafael Pérez Castillo.
rperezcastillo@gmail.com

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