Consultas Online
Consulta formulada por:
¿Qué debo hacer para permitir socios? ¿Y para recibir donaciones?
17.05.12
Hola, ¿cuáles son los pasos legales a seguir para tener socios en mi ONG?
Es decir, ¿necesitaré un libro de socios? ¿dónde se consigue? ¿qué y cómo se apunta? En mi web tengo que poner el número de cuenta de mi asociación, ¿no?.
En mi web independientemente de lo de los socios, ¿puedo poner un apartado de donativos por si hubiera gente que no quiere ser socia pero quisiera aportar y ayudar económicamente o pondría el número de cuenta y en concepto que pusieran ‘donativo’? ¿esto se puede hacer? ¿es legal?
Gracias. Llevamos 9 meses y vamos un poco perdidas. Explicarnos de la forma más sencilla posible porfa.
Mil gracias.
Respuestas
Aportada por:
Asesora voluntaria
Trabaja en:
Asesor particular
22.05.12
Hola Mari,
No necesitas exactamente un libro de socios, sino una relación actualizada de los mismos.
Efectivamente, podéis distinguir entre socios y donaciones.
Poco a poco.
Saludos, Eva
Aportada por:
Protectora de animales y plantas
Trabaja en:
Asesor particular
23.05.12
No hace falta un libro, pero si tener una relación con todos sus datos: Nº de socio, dirección, telefono, mail, y la cantidad que aporta a la ONG.
En la web puedes poner lo que quieras, pero el poner tu nº de cuenta sería bueno por si alguien quiere ingresaros un donativo. Cuando os hagan un donativo, en vuestro libro de cuentas teneis que reflejarlo. Si la donante ha puesto su nombre pues poneis su nombre como la persona que ha hecho el ingreso, si no pone nombre, pues poneis donativo anónimo.
Opinión anónima
23.05.12
Estimada Eva: en Argentina sí se pide tener un inventario detallado de todas las donaciones recibidas y darle al donante un recibo por cada acto de donación.
Con respecto a los socios si en vuestro estatuto dice que la organización tendrá socios con llevar un registro de sus datos para organizar la tarea de contactarlos será suficiente.
Saludos
Natalia Gil
Aportada por:
Fundación ARSIS
Trabaja en:
Asesor particular
23.05.12
Hola, Mari,
añado dos cosas. ¿Sois de utilidad pública? Si es así, vuestros donantes tienen derecho a una exención en su declaración de la renta. Pedidles, con sus datos, el NIF, y explicadles que es para el recibo desgravable, si lo desean.
Y otra cosa. En los estatutos ha de constar bien quiénes son los socios, qué derechos y deberes tienen y cuál es su papel en la asamblea. En teoría, si son socios de pleno derecho, tienen que ser convocados al menos una vez al año a la asamblea ordinaria, donde se aprueban los planes y los presupuestos de la ONG, y tienen voz y voto a la hora de decidir cuestiones importantes.
Podéis distinguir, también, entre socios con voz y voto y colaboradores, o simplemente donantes. Pero todo esto ha de quedar claro en los estatutos.
Finalmente, llevad un buen control de socios (base de datos, programa de giro de recibos por banco, etc.) y mimadlos mucho, haciéndoles participar de todo cuanto hacéis, porque serán vuestra base social, ¡importantísima!
Saludos,
Montse de Paz
Respuesta del participante:
23.05.12
En mi asociación puedo tener sólo colaboradores o donantes?? Como puedo plasmar o reflejar es
to en mi web.??creo un link con el número de cuenta y ya está? Y pongo algo así como “ sí quieres hacer un donativo puedes hacerlo a través de este número de cuenta”, y la persona sólo tendría q ir al banco a hacer Su ingreso?Está persona podría ser anónima o no? Nosotras tenemos que saber nombre y apellidos de la persona que hace el donativo? Gracias. No hablo de socios.
Opinión anónima
24.05.12
Hola Mari,
Tal como comenta Montse, si os encontráis dentro de la entidades mencionadas en el artículo 16 de la Ley 49/2002, los donantes, particulares o empresas, tendrán derecho a una deducción de lo aportado en el IRPF o en el Impuesto Sobre Sociedades.
Para ello, la entidad sin ánimo de lucro debe expedir una certificación acreditativa del donativo. Por lo que necesitareis llevar un control de importes donados y fechas de los ingresos, NIF de los donantes y datos identificativos (en caso de personas físicas nombre y apellidos).
Un saludo,
Salvador
http://puche29blog.wordpress.com/