Consultas Online
Consulta formulada por:
¿Qué debemos tener en cuenta al a hora de hacer una excursión con nuestros beneficiarios?
27.11.14
Hola,
Teníamos pensado hacer una excursión cuando haya un buen día a un lugar de unos 20 Km. Una zona de recreo, en plena Naturaleza, con buena parte de las 26 familias que asistimos. Habría que contratar un autobús, y lo que pretendemos es tener un día de convivencia entre las familias, con barbacoa, o con bocadillos, según nos complique más o menos.
¿Hay algo que deberíamos tener en cuenta? ¿Y si la excursión es a una ciudad a visitar un museo?.
Gracias, un saludo
Respuestas
Aportada por:
Servicios consultoría de seguros/marketing social
Trabaja en:
Asesor particular
27.11.14
Hola Emilia,
Es recomendable un seguro de accidentes para los participantes, cubre con una indemnización económica los casos de fallecimiento o invalidez permanente absoluta o parcial, además de la asistencia sanitaria derivada de un accidente que suceda durante el desarrollo de la actividad, si precisas de más información mi correo es: carmen.garcia@aseguradossolidarios.com.
Un saludo
Aportada por:
Funcionario de la Junta de Andalucía. Abogado no ejerciente. Doctorando en Derecho.
Trabaja en:
Asesor particular
29.11.14
Estimada Emilia: en relación con la consulta planteada, paso a informarle lo siguiente: en primer lugar, coincido con mi compañera Carmen, en la conveniencia de suscribir por parte de vuestra entidad asociativa tanto para actividades en medio urbano como rural un seguro de accidentes, en mi opinión, como complementario a la suscripción de un seguro de responsabilidadad civil, pudiendo definirse el seguro de responsabilidad civil como aquel que cubre los riesgos de la integridad física del asegurado cuando su origen es un accidente, definido como lesión corporal que deriva de una causa violenta, súbita, externa y ajena a la intencionalidad del asegurado que produce invalidez temporal o permanente o muerte.
Si bien el seguro de accidentes es un seguro autónomo, puede el mismo incluirse como garantía complementaria en otros seguros como el de responsabilidad civil. Las garantías que pueden incluirse en una póliza serían las siguientes:
-Un capital en caso de fallecimiento accidental del asegurado, que percibirían los herederos legales o los beneficiarios designados en la póliza.
-Un capital en caso de incapacidad permanente y total, causada por accidente. Cuando se trate de incapacidad permanente parcial, el asegurador sólo pagará un porcentaje del capital asegurado para esta garantía, de acuerdo con la mayor o menor gravedad de la lesión y a tenor de una tabla o baremo que se especifica en las condiciones generales de la póliza.
-Una pensión diaria en caso de incapacidad temporal durante los días que el asegurado permanezca de baja a causa del accidente.
-Los gastos de asistencia sanitaria que precise el asegurado accidentado para su total curación, con los límites y condiciones que se estipulen en la póliza.
En cuanto a las entidades aseguradoras en materia de seguros de accidentes con los cuales podrias contactar, a título de ejemplo, cabe citar a Generali Seguros http://www.generali.es/seguros-particulares/seguros-accidentes; Axa Seguros http://www.axa.es/Seguros/Particulares/Accidentes/Seguro-de-Accidentes-Modalidades.aspx, Allianz https://www.allianz.es/seguros
Espero haberles ayudado.
Cordialmente.
Rafael Pérez Castillo.
rperezcastillo@gmail.com
Respuesta del participante:
30.11.14
Muchas gracias Carmen y Rafael. aprovecho para decirles que nosotros no tenemos contratado ningún seguro de responsabilidad civil, que no sea el de la Oficina donde atendemos a las personas beneficiarias.
Entiendo, que cada vez que llevemos a cabo un evento, deberíamos suscribir un seguro, tanto de responsabilidad civil, como de accidentes. No tenemos dinero para eso, así que habrá que suspender esas actividades.
Muchas gracias, un cordial saludo. Emilia Martinez