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Consulta formulada por:
¿Qué criterio nos aconsejáis usar para la admisión de usuarios?
04.04.09
Somos una asociación de creación reciente, cuyos usuarios serán exclusivamente enfermos mentales. Personas próximas a nosotros nos han dado 2 opciones diferentes:
Primera: Pedir documentos como certificados médicos y psicológicos recientes que demuestren que tienen alguna enfermedad mental. En cuyo caso, ¿qué documentos podríamos pedir?
Segunda: No pedir ningún documento, sino únicamente una declaración personal de que se tiene una enfermedad mental.
¿Qué os parece que deberíamos hacer?
Muchas gracias.
Respuestas
Opinión anónima
06.04.09
Bon dia, Oleguer!
Creo que los dos criterios son válidos, pero debéis tener presente el tema de la solicitud de subvenciones posterior que, tal vez, os gustaría hacer.
Debéis tener presente que algunas subvenciones se otorgan no en función de los “usuarios” (número total) atendidos, sinó de su tipología. Así, actualmente, la certificación de discapacidad, por ejemplo, contempla, entre otros, el caso de las enfermedades mentales, y podría perfectamente ser que para solicitar algún tipo concreto de subvención vuestros usuarios y usuarias deban acreditar tener un cierto grado de discapacidad reconocido (por enfermedad mental).
Creo que lo más importante, en cualquier caso, es la “finalidad” por la cual habéis creado la Associació, y qué implica esa finalidad. Si, por ejemplo, en la finalidad no habéis concretado qué tipo de “persona con enfermedad mental” queréis tratar, tal vez entonces os vaya mejor acceptar la declaración de cada usuario. Si queréis que “alguien” certifique la enfermedad, siempre les podéis pedir que, conjuntamente con la solicitud, os presenten una carta del médico que los trata (mejor una carta, que no un certificado o un historial médico que, a menudo, están protegidos por la Ley de Datos Personales y no se pueden facilitar a terceras personas).
Como siempre, es importante tener presente la propia definición de la entidad.
Un abrazo y hasta el próximo,
AGUSTI
Barcelona 06AB09.-
Aportada por:
20 años como Directiva de ONGd- 10 años de residencia en países. Formulacion proyectos.
Trabaja en:
Asesor particular
06.04.09
Además de la propuesta de Agustin, yo añadiria en la misma linea, los siguiente: establecer internamente alguna tipologia, que os permita - más alla de las certificacions medicas y terapeuticas- diseñar diferntes lineas de intrevencion y actividades. Es decir que habrá personas que quizás solo necesitan o pueden recibir cariño, cuidado básico, y participar en actividades lúdicas, por poner un ejemplo. Y otras que admiten activiades de estimulación, aprendizajes ocupacionales, y un largo ecctera. me refiere a personas con las que es posible plantarse mayores grados de integracion. Quizás las neesidades- certificados medicos o declaracion personal- varian en uno y otro caso..
Un gran abrazo!
Meri
Aportada por:
Abogado. Miembro de CEAR-SUR
Trabaja en:
Asesor particular
06.04.09
Hola Oleguer;
La puesta en manifiesto de la documentación médica como se recoge en la opción Primera es voluntaria, la negativa a aportarla a la asociación está sometida a la legislación de protección de datos. La integración o incorporación en una asociación sino quiere aportar dicha documentación personal. La solicitud de admisión en la asociación por enfermos mentales podría ratificarse por el diagnóstico de vuestros técnicos como requisito previo a estudiar esa solicitud, ya que es posible que dicho enfermo tenga declarada una incapacidad civil, por lo que en su caso no puede obligarse, es decir someterse a las obligaciones derivadas de la condición de socio entre ellas pagar la cuota de afiliado.
La segunda opción, con exámen clínico de los especialistas de la asociación, previa a su admisión es la mecánica mas viable sin afectar a derechos personales algunos ya que en la entrevista con dichos técnicos aportaría la documentación clínica, administrativa y jurisdiccional que tenga en su poder.
Un saludo.
Aportada por:
Abogado. Miembro de CEAR-SUR
Trabaja en:
Asesor particular
06.04.09
Hola Oleguer;
La puesta en manifiesto de la documentación médica como se recoge en la opción Primera es voluntaria, la negativa a aportarla a la asociación está sometida a la legislación de protección de datos. La integración o incorporación en una asociación sino quiere aportar dicha documentación personal. La solicitud de admisión en la asociación por enfermos mentales podría ratificarse por el diagnóstico de vuestros técnicos como requisito previo a estudiar esa solicitud, ya que es posible que dicho enfermo tenga declarada una incapacidad civil, por lo que en su caso no puede obligarse, es decir someterse a las obligaciones derivadas de la condición de socio entre ellas pagar la cuota de afiliado.
La segunda opción, con exámen clínico de los especialistas de la asociación, previa a su admisión es la mecánica mas viable sin afectar a derechos personales algunos ya que en la entrevista con dichos técnicos aportaría la documentación clínica, administrativa y jurisdiccional que tenga en su poder.
Un saludo.