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Consulta formulada por:
¿Qué contenido ha de tener un convenio de colaboración entre nuestra entidad y la contraparte para regular la construcción de una escuela infantil?
15.11.09
Queremos poner en marcha nuestro primer proyecto: la construcción una escuela para niños entre 3-5 años.
Y para ello, tenemos que elaborar un convenio de colaboración entre nuestra entidad y la contraparte local. ¿Qué contenido mínimo debe contener?. ¿Sería posible que nos facilitaseis algún modelo?
Muchas gracias.
Respuestas
Aportada por:
Berta Liliana Brusilovsky Filer
Arquitecta, urbanista, cooperación internacional
Trabaja en:
Asesor particular
16.11.09
Eo contenido minimo es el siguiente;
Nombre del proyecto, lugar y fecha
Nombre de los representantes que se reunen de las entidades y documentos de identidad correspondientes,
NIF de ambas entidades o correspondiente numero legal en el pais donde se desarrolla el proyecto.
Responsabilidades por parte de la organizacion que subvenciona.
Responsabilidades de la entidad que ejecuta.
Otros implicados y responsabilidades.
Profesionales implicados y responsabilidades de cada uno, si estan dados de alta en la Seguridad Social en Espana , y si estan dados de alta en algun organismo de trabajo del pais donde se ejecuta el proyecto.
Duracion del convenio y renovacion, automatica o por acuerdo de partes y hasta cuando.
Como es un convenio entre particulares seria suficiente aunque deberiais aludir a los tribunales a los que se acudira en caso de conflicto, si son en Espana o pais de ejecucion del proyecto escolar.
Saludos. Berta Brusilovsky Filer
Aportada por:
Especialista en Gestión de Proyectos
Trabaja en:
Asesor particular
16.11.09
Estimada Isabel:
Por favor envieme una dirección de correo electronico para adjuntarle un modelo de convenio de colaboración. Por este medio es imposible dado que supera los caracteres permitidos. Sin embargo le señalo los item básicos:
Espero haber sido de ayuda, ante cualquier duda puedes ponerte en contacto al correo raquelarevalo@gmail.com.
Cordiales saludos
Lic. Raquel Arévalo
Opinión anónima
16.11.09
Apreciada amiga,
En respuesta a tu pregunta, me permito hacerte dos sujerencias, en donde creo puedas encontrar las respuestas a tu pregunta:
http://www.fundacionconstruccionsolidaria.org/cooperacion/preguntas.html
Si deseas cualquier otra consulta, puedes contactar con nostros a través del Skype en fundacion ccs
Un saludo
Aportada por:
Benfactor Innovación Social S.L.
Trabaja en:
Asesor particular
16.11.09
Lo primero que hay que tener en cuenta es que en un proyecto de estas características intervienen normalmente cuatro partes; (1) la entidad financiadora, (2) la ONG española, (3) la contraparte local y(4) las constructoras locales. hay que saber que en cualquier caso la responsabilidad principal es la de la ONG española con su entidad financiadora a la que hay que rendir cuentas.
Es por ello por lo que el convenio hay que enfocarlo desde un punto de vista estrictamente mercantil.
En este sentido y sin entrar en temas formales pienso que los contenidos mínimos de fondo deberían ser los siguientes:
1) Antecedentes: Relación entre la contraparte y la ONG española( ¿ tenían ya una relación anterior? la relación se ha establecido para esta construcción?¿ de quien nace la petición, de la contraparte o de la ONG española?
2) Origen de la financiación en España y condiciones generales .
3) Objeto de la construcción: lo más detallado posible tanto en cuanto a diseño, tamaño y calidades como a plazos de entrega.
4) Forma de licitar la obra en el mercado local por parte de la contraparte y derechos de veto por parte de la ONG española
5)Precio: ¿precio cerrado? ¿modificaciones y revisiones?
6) Forma de pago: Aunque como es lógico en los contratos de construcción haya que efectuar anticipos al constructor la forma de pago debería ser posterior a las entregas parciales certificadas y a ser posible auditadas.
7) Garantías del constructor a la contraparte( generalmente por pago adelantado y por cumplimiento del contrato) y que deberían ser replicadas por la contraparte a la ONg española: garantías de pago adelantado y garantías de cumplimiento. Normalmente estas garantías deberían ser bancarias y a primera demanda.
8) Penalizaciones
6) Legislación aplicable y jurisdicción.
Aunque pueda parecer un poco exagerado, en realidad no lo es.
Opinión anónima
18.11.09
Como siempre mis compañeros contestan de maravilla, pero viendo los objetivo de vuestra organización "Ayudar a paliar en la medida de nuestras posibilidades algunas de las desigualdades existentes en algunos países menos desarrollados", creo que es muy importante saber cuales son las leyes de esos países referente a la construcción de la escuela. Suerte
Opinión anónima
15.03.10
Mis compañeros apuntan muy bien, recordar que al mismo tiempo si deiseñais un modelo de cnvenio de colaboracion os puede servir cambiando un par de clauslas y solicitar colaboraciones con otras escuelas, almacenes de material grafico para cuadernos y demas, y profesorado
Suerte