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Consulta formulada por:
ONG en proceso de constitución
¿Qué ámbito territorial debemos poner si solo tendremos una sede en una ciudad?
28.01.16
Hola,
A la hora de constituir una asociación, pongamos como ejemplo en la ciudad de Sevilla. Qué ámbito territorial debemos poner si solo tendremos una sede en esta ciudad. Podemos decir que somos de ámbito regional o tenemos que centrarnos en el provincial
Muchas gracias
Respuestas
Aportada por:
Funcionario de la Junta de Andalucía. Abogado no ejerciente. Doctorando en Derecho.
Trabaja en:
Asesor particular
30.01.16
En relación con la consulta planteada, paso a informarle lo siguiente: en primer lugar, debemos de partir, siempre y cuando deseen constituir una asociación, que la misma es un conjunto de personas físicas y jurídicas que se agrupa voluntariamente para perseguir un fin u objetivo común, mediante una organización a la que el derecho le otorga personalidad, creándose después de la celebración de un acto constitutivo acordado por varios socios fundadores teniendo que ser su número al menos de tres. De este acto surgen los vínculos que unen a los que se asocian y que decidirán, mediante la aprobación de los estatutos, la vida futura de la asociación.
Expuestas estas consideraciones preliminares, el ámbito territorial de una asociación puede ser local, provincial, autonómico, estatal dependiendo de donde la entidad realizará sus acciones. Son de ámbito municipal las que desempeñan su actividad en un solo municipio. Son de ámbito provincial las que desempeñan su actividad en varios municipios de la provincia donde radique vuestra domicilio social. Son de ámbito autonómico las que, en cumplimiento de sus estatutos, proyectan su actuación sobre el conjunto de la Comunidad Autónoma y desarrollan su actividad en otras provincias diferentes a la de su domicilio social mediante delegaciones, oficinas o sucursales. Son de ámbito estatal las que, en cumplimiento de sus estatutos, proyectan su actuación fuera del conjunto de la Comunidad Autónoma donde radique el domicilio social asociativo, a través de delegaciones, oficinas o sucursales.
Sentado lo anterior, en vuestro caso considero que el ámbito de actuación de la asociación debería extenderse a la a Comunidad Autonómica de Andalucía, aunque su domicilio social se encuentre en la ciudad de Sevilla.
Al respecto, para una mejor comprensión, les reenvío el link de enlace de los estatutos de una asociación con ámbito regional y con domicilio social en Sevilla - http://www.corazonyvida.org/Estatutos-de-la-Asociacion-Corazon-y-Vida_a941.html-.
Espero haberles ayudado.
Cordialmente.
Rafael Pérez Castillo.
rperezcastillo@gmail.com