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Consulta formulada por:
¿Puedo recibir donativos en metálico como asociación no lucrativa?
20.08.14
Hola,
Desearía saber si como asociación sin animo de lucro, puedo recibir donativos, en forma de dinero en metálico. También desearía saber si, en caso de poder recibirlos, hay alguna cantidad a recibir y si hay que presentar alguna documentación a hacienda.
Gracias.
Respuestas
Aportada por:
Equipo SolucionesONG.org
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21.08.14
Hola Sergi,
Te dejo una respuesta que te puede orientar en este caso:
¡Saludos!
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Economista, Abogado, Auditor de Cuentas
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Asesor particular
21.08.14
Estimado Sergi, adicionalmente a lo especificado por mi compañera, apuntarte lo que especifica la Ley 10/2010 de prevención del blanqueo de capitales, en su articulo 2.x) y el artículo 39 de la misma Ley, referentes a los registros de identificación de las donaciones. También, en el Reglamento que desarrolla la citada Ley, RD 304/2014, en su artículo 42.2: (sic) “· las fundaciones y asociaciones identificarán y comprobarán la identidad de todas las personas que aporten a título gratuito fondos o recursos por importe igual o superior a 100 euros”.
Espero haberte ayudado. Saludos. Javier
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Abogado. Asesoramiento en Fiscalidad, Contabilidad y Financiero.
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Asesor particular
23.08.14
También está Triodos, el problema, al menos yo lo veo así, es que no tienen oficinas fisicas. Creo que BBVA o La Caixa tienen un tipo de cuenta especial para Asociaciones. Todo depende de los servicios que quieras y de lo que negicies con ellos
Aportada por:
Abogado. Asesoramiento en Fiscalidad, Contabilidad y Financiero.
Trabaja en:
Asesor particular
23.08.14
Perdón. Veo que he confundido la respuesta.