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Consulta formulada por:
Puedo emitir certificados de donación como Asociación sin ánimo de lucro
21.12.22
Hola,
He estado leyendo que hay que declarar todas las donaciones en el modelo 182 en enero de cada año, aquellas asociaciones que estén reguladas en la Ley 49/2002. En el registro de mi asociación no viene nada de esto.
De igual forma tengo que hacer presentar otro modelo o debería presentarlo a través de otro
Gracias por vuestra ayuda
Respuestas
Respuesta del participante:
21.12.22
Lo que quiero decir, es que en mi documentación no hace referencia a la Ley 49/2002.
Aportada por:
Abogado. Asesor Tributario ESFL
Trabaja en:
Asesor particular
21.12.22
El modelo 182 sólo se presenta, en el caso de las asociaciones, cuando están declaradas de utilidad pública, circunstancia que no debe concurrir en vosotros pues es algo totalmente evidente y que no pasa desapercibido. Por lo tanto, en vuestro caso, los donativos no se declaran en el modelo 182 ni en ningún otro modelo, pues no dan derecho a deducción a los donantes.
Saludos.
Juan González Martín-Palomino.