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Consultas Online

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Consulta formulada por:

ONG en el anonimato

¿Pueden reclamarnos el pago de una deuda si la asociación está disuelta?

10.12.18

Hola:

Tenemos el siguiente problema con una deuda impaga:

Durante el ejercicio 2017 tuvimos un cargo importante en las fiestas y de ahí derivó una deuda de cerca de más de 4.000 euros. Los cargos durante el siguiente ejercicio cambiaron y en el 2018 se hizo un pago a cuenta y la deuda descendió a 2.885 euros.

Ahora la asociación ha desaparecido y no hay ni bienes ni nada a su nombre. Parte de algunos de los responsables de 2018 no han mostrado interés por saldar la deuda después del último pago, por lo que la entidad acreedora reclama el pago. Nos han dicho que encargarán el cobro a terceros.

No sabemos demasiado bien cómo resultará esto, porque no quieren ir en contra de la asociación ya que dicen no poder sacar nada, sino contra la persona responsable en aquel momento de la contratación.

Queríamos saber cómo hacer frente a esto y si hay posibilidad de que esto vaya adelante o no tienen nada que hacer.

Muchas gracias de antemano por vuestra atención. Un saludo.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Sonia Herrera

Experta en #empleodigital y #transformaciondigital. Amplia experiencia en dirección de RRHH y gestión de ONL´S.

Trabaja en:

Asesor particular

10.12.18

¡Hola!

Pueden demandar a los miembros del órgano directivo (junta directiva o como se llamara en dicha asociación).

Ya que prospere o no es otra historia. No soy abogada así que no sé más sobre el tema.

Un saludo!

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