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Consultas Online

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Consulta formulada por:

SolucionesONG.org Fundación Hazloposible

¿Pueden negarse a dar el CIF a una asociación porque en el acta fundacional constan varias personas extranjeras cuyo NIE no empieza por X?

04.07.07

Una entidad en proceso de constitución y por tanto que aún no puede registrarse en SolucionesONG.org nos ha hecho llegar esta consulta, que os trasladamos a continuación.

Hemos ido a la Agencia Tributaria del Escorial para solicitar el CIF para nuestra asociación y no quisieron darme el número del CIF alegando que el acta fundacional está formada por dos diplomáticos y que su NIE no empieza por la letra X (debido a la condición de diplomáticos, el NIE de estas personas empieza por la letra D)

¿Es verdad que estando dos diplomáticos en el acta fundacional de la asociación, no se puede entregar el CIF a la asociación? ¿hay alguna norma jurídica que lo prohíbe? ¿qué conclusión nos proponéis?

Muchas gracias por vuestra ayuda.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Alvaro Ortega Santos

Cooperante, gestor cultural y experto en asociacionismo.

Trabaja en:

Asesor particular

19.07.07

Conforme al Real Decreto 338/1990, de 9 de Marzo, por el que se regula la composición y la forma de utilización del Número de Identificación Fiscal:
“Articulo 1. Toda Persona Física o Jurídica tendrá un Numero de Identificación Fiscal para sus relaciones de naturaleza o con trascendencia tributaria.”

En ese sentido, si la asociación ha obtenido su personería jurídica legalmente, y ésta ha sido inscrita sin ninguna traba en el Registro de Asociaciones correspondiente, esta solicitud de NIF o CIF por parte de una persona jurídica, a través de un representante (el firmante de la declaración censal), no debería de tener ninguna dificultad, ya que a quien le corresponde decidir su los fundadores reúnen o no las condiciones para ejercer el derecho de asociación es al Registro de Asociaciones, no a la Agencia Tributaria.

En cualquier caso el trámite es posible, ya que la ASOCIACIÓN DE DIPLOMÁTICOS EXTRANJEROS ANTE EL REINO DE ESPAÑA (reg. 1998), la ASOCIACIÓN DE DAMAS DIPLOMÁTICAS DE IBEROAMÉRICA FILIPINAS Y HAITÍ (reg. 1993), o la ASOCIACIÓN DE DAMAS DIPLOMÁTICAS RESIDENTES EN ESPAÑA (reg. 1992) no han tenido problemas en ese sentido.

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