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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Richard Lopez

¿Pueden cedernos un sótano como aportación al patrimonio de la asociación?

27.11.17

Hola:

Hay una persona que quiere cedernos gratuita e indefinidamente el sótano de su vivienda como sede de la asociación.

Si se da de alta como socio, ¿puede efectuar esta cesión como aportación al patrimonio de la asociación? ¿Qué repercusión fiscal tendría?

Gracias.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

José Antonio Jiménez Puertas

SULAYR

Trabaja en:

Asesor particular

27.11.17

Buenos dias.
Todo dependera del regimen fiscal de vuestra asociacion, en concreto si estais acogidos o no a la ley 49/02. Si es afirmativo ni vosotros ni el donante tributara nada, si no estais acogidos a esa Ley, hay que estudiar el caso, pues depende de cada Comunidad Autonoma.

Preciso conocer precio del sotano, ubicacion y regimen fiscal de vuestra ONG.

mas en www.sulayr.es

SAludos.

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#2

Respuesta del participante:

Richard Lopez

30.11.17

Hola Jose Antonio,

Gracias por tu respuesta, te concreto un poco mas:
No estamos acogidos a la Ley 49/02, el precio del sotano es de unos 5.000€ y esta situado en Granada.
En lo que respecta a Andalucia, estamos acogidos a la Ley 4/2006 de 23 de Junio.

Gracias, saludos.

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