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Consulta formulada por:
¿Pueden cedernos un sótano como aportación al patrimonio de la asociación?
27.11.17
Hola:
Hay una persona que quiere cedernos gratuita e indefinidamente el sótano de su vivienda como sede de la asociación.
Si se da de alta como socio, ¿puede efectuar esta cesión como aportación al patrimonio de la asociación? ¿Qué repercusión fiscal tendría?
Gracias.
Respuestas
Aportada por:
SULAYR
Trabaja en:
Asesor particular
27.11.17
Buenos dias.
Todo dependera del regimen fiscal de vuestra asociacion, en concreto si estais acogidos o no a la ley 49/02. Si es afirmativo ni vosotros ni el donante tributara nada, si no estais acogidos a esa Ley, hay que estudiar el caso, pues depende de cada Comunidad Autonoma.
Preciso conocer precio del sotano, ubicacion y regimen fiscal de vuestra ONG.
mas en www.sulayr.es
SAludos.
Respuesta del participante:
30.11.17
Hola Jose Antonio,
Gracias por tu respuesta, te concreto un poco mas:
No estamos acogidos a la Ley 49/02, el precio del sotano es de unos 5.000€ y esta situado en Granada.
En lo que respecta a Andalucia, estamos acogidos a la Ley 4/2006 de 23 de Junio.
Gracias, saludos.