Saltar al contenido principal

Consultas Online

Consulta formulada por:

Pablo Lizana

Puede Vender una Asociacion Cultural?

25.01.25

Hola a todos, somos una Asociación Cultural y estamos planteando hacer un evento en el que montar un puesto y vender bocadillos y algo de merchandising nuestro a socios y no socios y así darnos a conocer. La duda es esa, podemos vender cosas como asociación cultural? y como? es que no se si no podemos o si que podemos pero hay que hacer factura/recibo/ticket en cada venta o si se puede vender sin hacer nada y luego hacer recuento de dinero o como tenemos que hacerlo.

En casa de que si, tenemos un par de miembros que tiene estudios de FP de administración y estamos intentado llevar la contabilidad algo mejor, no solo con un excel, sino con un programa de contabilidad gratuito (Visionwin) con el 720, 627, debe, haber y todo eso (yo me pierdo ahí bastante, no lo entiendo muy bien, es lo que voy escuchando) Si podemos hacer ventas con que código y como habría que meter todo eso a la contabilidad?

Un saludo y gracias.
Pablo, secretario de Valencia Gas Riders.

Compárte en las redes sociales

Respuestas

avatar
#1

Aportada por:

Andre Hoelzle-Silva

Grado en RR.LL. (Derecho y Empresa), Universidad de León. Graduado en Ciencias Empresariales y Comercio Exterior, University of Central Lancashire. GIEMBA (Máster Propio), Universidad Isabel I. MSC (Máster Oficial) en Gestión de RR.HH.,UCLAN,RU.

Trabaja en:

Asesor particular

25.01.25

Hola Pablo,

Sí, una asociación cultural puede realizar ventas, pero hay ciertos requisitos y obligaciones que debéis cumplir.

¿Podéis vender cosas como asociación cultural?
Sí, las asociaciones culturales pueden realizar actividades económicas secundarias, como la venta de bocadillos y merchandising, para financiar sus actividades. Sin embargo, estas actividades deben estar claramente definidas en vuestros estatutos y debéis estar dados de alta en Hacienda.

Facturación y tickets
Para cada venta, debéis emitir un recibo o factura. Esto es importante para llevar un control adecuado y cumplir con las obligaciones fiscales. Una factura debe incluir:
- Número de factura correlativo
- Fecha de emisión
- Nombre o razón social de la asociación
- NIF y dirección de la asociación
- Datos del cliente (nombre y dirección)
- Descripción del producto o servicio
- Precio del producto o servicio
- Base imponible y tipo de IVA

Contabilidad:

Para llevar la contabilidad de estas ventas, podéis usar el programa Visionwin que mencionáis. Aquí tenéis algunos códigos contables que podrían ser útiles:
- 720: Ingresos por ventas y prestación de servicios
- 627: Servicios de profesionales independientes (si contratáis algún servicio externo)

Registro de ventas
Cada venta debe registrarse en vuestra contabilidad. Un ejemplo de asiento contable para una venta podría ser:
- Debe: Caja/Banco (por el importe recibido)
- Haber: Ingresos por ventas (720) (por el importe sin IVA)
- Haber: IVA repercutido (por el importe del IVA)

Obligaciones fiscales

Debéis presentar las declaraciones de IVA y otros impuestos correspondientes. Además, es importante llevar un registro detallado de todas las operaciones para cumplir con las obligaciones fiscales y mantener la transparencia.

Referencias:

(https://getquipu.com/blog/puede-facturar-asociacion-sin-animo-de-lucro/): https://getquipu.com/blog/puede-facturar-asociacion-sin-animo-de-lucro/
(https://www.solucionesong.org/img/foros/56c30a41743f3/2014resumen_OBLIGACIONES_TRIBUTARIAS_DE_LAS_ASOCIACIONES.pdf): https://www.solucionesong.org/img/foros/56c30a41743f3/2014resumen_OBLIGACIONES_TRIBUTARIAS_DE_LAS_ASOCIACIONES.pdf

#2

Respuesta del participante:

Pablo Lizana

25.01.25

Vale, es que nosotros somos de valencia y hemos vivido y seguimos así, viendo que en las fiestas de las fallas, todas las fallas son asociaciones culturales y cuando montan una barra para las fiestas o en sus días, a los no socios cobran bebidas y comidas y no dan ningún tipo de recibo ni siquiera un ticket como seria un bar ni nada, te cobran y ya y pensaba que eso podría ser igual.
Por otro lado, si no hacemos el evento, que no vendemos nada, solo cobramos cuota a los socios (contando que somos apenas 20 socios), tendríamos que hacer declaración a hacienda? tengo entendido que si no se llega a un mínimo de dinero no estábamos obligados. Eso seria así?

avatar
#3

Aportada por:

Andre Hoelzle-Silva

Grado en RR.LL. (Derecho y Empresa), Universidad de León. Graduado en Ciencias Empresariales y Comercio Exterior, University of Central Lancashire. GIEMBA (Máster Propio), Universidad Isabel I. MSC (Máster Oficial) en Gestión de RR.HH.,UCLAN,RU.

Trabaja en:

Asesor particular

26.01.25

Es cierto que en muchas fiestas locales, como las Fallas, las prácticas pueden parecer más informales. Sin embargo, es importante cumplir con las obligaciones legales para evitar problemas futuros.

Venta de Productos

Aunque algunas asociaciones culturales puedan no emitir recibos en eventos, la normativa exige que cualquier venta esté documentada. Esto incluye la emisión de tickets o recibos, especialmente si se trata de actividades económicas regulares.

Declaración a Hacienda

En cuanto a la declaración a Hacienda, las asociaciones sin ánimo de lucro tienen ciertas obligaciones fiscales, incluso si no realizan actividades económicas:

Impuesto sobre Sociedades:

Las asociaciones deben presentar el Impuesto sobre Sociedades, aunque sus ingresos sean bajos. Sin embargo, hay excepciones:

Si los ingresos totales no superan los 75.000 euros anuales.
Si los ingresos de rentas no exentas no superan los 2.000 euros anuales y están sometidos a retención.
Cuotas de Socios: Las cuotas de socios suelen estar exentas de impuestos siempre que no correspondan a una contraprestación económica.

Recomendaciones

Consulta con un Asesor:

Dado que las normativas pueden ser complejas, es recomendable consultar con un asesor fiscal para aseguraros de cumplir con todas las obligaciones.

Transparencia y Registro:

Mantened un registro claro de todas las transacciones y actividades económicas para facilitar la contabilidad y las declaraciones fiscales.

#4

Respuesta del participante:

Pablo Lizana

26.01.25

Vale, si al final nos tocara recurrir a un profesional que nos aconseje, porque si nos metemos en eso, igual ya se nos va de las manos, al final no somos mas que 4 amigos, con voluntad y ganas pero sin mucha idea. Gracias por la ayuda.

PD: se supone que para cerrar el año, como somos una asociación sin animo de lucro, tenemos que gastar lo recaudado durante el año, pero sabrías decirme cuanto podemos guardar de remanente para el año entrante? si es cantidad fija o va en % de lo ingresado o como va?

solucionesong.org
Un proyecto de