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Consulta formulada por:
¿Puede una ONG ambientalista solicitar la declaración de utilidad publica?
27.05.03
En este caso, ¿cuál es el procedimiento?
Respuestas
#1
Opinión anónima
27.05.03
Sí, pueden ustedes solicitar la declaración de utilidad pública, siempre que sus fines coincidan con alguno de los enumerados en el art. 32.1.a) de la Ley Orgánica 1/02 y cumplan el resto de los requisitos enumerados en ese artículo.-
El procedimiento para ello aparece regulado en el Real Decreto 1786/96 de 19 de julio, BOE de 29 de agosto de 1996, que sigue en vigor provisionalmente al no haber sido derogado de forma expresa por la nueva Ley, debiendo hacer una interpretación del mismo a la luz de las disposiciones de la Ley.-
Esta respuesta no es vinculante.-