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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Blanca Vivancos

¿Puede una fundación recaudar fondos para sus fines mediante la venta vender cosas que no tengan que ver con sus fines?

05.08.21

Buenos días,
Nos han ofrecido donarnos una serie de cosas que nada tienen que ver con nuestros fines (electrodomésticos, equipos informáticos, mobiliario), y queríamos saber si podemos monetizar esa donación vendiendo esos objetos. Entendemos que para venderlos tendríamos que darnos de alta en el apartado correspondiente del IAE y presentar los modelos correspondientes para la liquidación de impuestos. Nuestra duda es si el reglamento de fundaciones permite que convirtamos en dinero una donación en especie mediante la venta del objeto donado.

Muchas gracias,
Blanca

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Respuestas

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#1

Aportada por:

MANUEL NARANJO ALVAREZ

Especialista en contabilidad y fiscalidad www.enl-asesorat.es

Trabaja en:

Asesor particular

05.08.21

Hola Blanca:

Salvo que las donaciones o legados recibidos se hayan concedido como dotación fundacional, o sujetas a una restricción explícita para su venta, es totalmente factible vender elementos del patrimonio de la entidad, ya sean estos adquiridos por compras o por donación.

Como bien dices deberéis daros de alta en IAE y liquidar las operaciones con el IVA correspondiente. También se derivan otras cuestiones fiscales sobre IS, pero como no lo preguntáis no complicaré más mi respuesta.

Salvo mejor opinión.

Un saludo.-

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#2

Aportada por:

Montse de Paz

Fundación ARSIS

Trabaja en:

Asesor particular

05.08.21

Hola, Blanca,

No hay problema. Si la venta es algo puntual, tampoco es necesario que os déis de alta en un IAE comercial; podéis venderlo en el marco de un evento solidario, como un mercadillo o una subasta, o algo similar. Muchas entidades vendemos cosas donadas en rastrillos; no es nuestra actividad habitual, la finalidad tampoco es lucrativa, pues los ingresos son ayudas para nuestros fines fundacionales, y se permite. Otra cosa sería que tuvierais un establecimiento permanente de venta, como algunas ONG que reciclan y revenden muebles y ropa, o comercializan productos de comercio justo. Pero creo que no es vuestro caso. :)

Un saludo y feliz verano,

Montse de Paz

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#3

Respuesta del participante:

Blanca Vivancos

05.08.21

Muchas gracias por vuestras respuestas!

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#4

Aportada por:

Juan Vera Villanova

Juan Vera, director de VILLANOVASOCIAL, Consultoria especializada en FUNDACIONES

Trabaja en:

Asesor particular

05.08.21

Buenas Tardes, tan solo por ratificar la opinión de la compañera Montse, lo normal es realicéis un rastrillo solidario o una rifa benéfica con esos productos, es algo habitual, y acordaros de que si vendéis papeletas o admitís pagos por los productos estos deberían ser bajo el concepto “donación”.
Un saludo

solucionesong.org
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