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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Francisco Herrera Mijez

¿Puede una entidad bancaria cobrar por un "descubierto virtual"?

13.08.10

¿Puede una entidad bancaria cobrar por un “descubierto virtual”?

Teníamos una linea con una operadora de móviles cuyos pagos domiciliamos en una cuenta. Procedimos a dar de baja dicha línea pero la operadora facturó “equivocadamente” el pasado mes, no habiendo fondos en la cuenta para atender dicho pago ya que contábamos con la baja de la línea.

La entidad bancaria “atendió” dicha factura pero a los veinte días la devolvió, o sea: Que no pagó nada.

Ahora nos reclaman 30 Euros en concepto de “descubierto” pues al atender el pago de dicha factura, la cuenta quedó en descubierto. Si bien nos avisaron por correo ordinario, ya sea por la vacaciones o por anomalías del Servicio de Correos, no hemos recibido dicha notificación hasta unas fechas bastante fuera de plazo.

¿Es lícito que nos cobren dicho descubierto, si realmente no han desembolsado nada?

¿En Derecho, el término “atender una factura o recibo” significa perfeccional el hecho del pago efectivo o es una formula más “política” que otra cosa?

Porque yo supongo que si alguien me dice que ha atendido un recibo, significa que lo ha pagado. No que lo que en realidad ha sucedido es que parece que “enseñan el dinero” al acreedor pero en realidad no llegan a soltarlo. En cuyo caso creemos que no hay derecho a pagar por el “alquiler” de un dinero que realmente no ha llegado a moverse.

Muchas gracias

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Javier Lomana

Licenciado en Derecho económico y Máster en Asesoría Fiscal

Trabaja en:

Asesor particular

16.08.10

No pueden cobrar intereses por ese descubierto, ya que la devolución del recibo se habrá realizado con fecha valor correspondiente al día de cargo en que se atendió el recibo. Reclamadlo, os lo deben abonar en cuenta.

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#2

Aportada por:

José María Taberné Abad

Ex abogado ejerciente, MSc Development Admin & Planning, Consultor

Trabaja en:

Asesor particular

16.08.10

Caray, los empleados de los bancos parece que tienen orden de apretar últimamente… cuestiones de liquidez, ya se sabe. Eso del ‘descubierto virtual’ suena fatal, igual que si imagináramos amistad virtual, compromiso virtual o sexo virtual, qué horror!

Creo que la cuestión debería resolverse con el director de vuestra sucursal bancaria. Exponerle la cuestión tal y como la habéis descrito, y si entra en negativa yo le avisaría de que vais a cambiar vuestra cuenta a otro banco tras escribirle una carta dirigida a él y con copia a su supervisor: a lo peor la entrevista no funciona y no os descuenta el cargo pero seguramente con la segunda (próxima) queja os hará más caso.

Y si no, pues os cambiáis de banco tras estudiar las condiciones de las cuentas corrientes de la competencia.

Recordad que las oficinas bancarias lo que más valoran son los depositarios solventes que a fin de cuentas son la base de su negocio. Si es vuestro caso, mejor clarificar las cosas.

Saludos JMT

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#3

Opinión anónima

22.08.10

No corresponde este cobro y si niegan la retrocesión por las buenas, toca cambiar de banco o caja. Hoy día es práctica bancaria habitual intentar cobrar cosas para detectar el grado de control que el cliente tines sobre su cuenta, los clientes no puntillosos y/o que no tienen tiempo para controlar sus cuentas son un gran negocio bancario.

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