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Consulta formulada por:
¿Puede una empresa facturar en concepto de formación a la fundación que ella ha creado?
07.06.07
Pertenezco a la fundación Altedia Creade, que es la fundación de la empresa Creade. ¿Podría la empresa Creade facturar a la fundación en concepto de formación para el empleo?
Muchas gracias.
Respuestas
Opinión anónima
07.06.07
Estimada Marian
Si realmente han prestado un servicio de formación, respetando los precios de mercado y ambas entidades tienen CIF diferenciados, creo que es totalmente lícito que se le facture por ese servicio.
Un saludo
Santiago de la Rosa Moro
Suficiente
Aportada por:
Especialista en Contabilidad y Gestión de ENL's
Trabaja en:
Asesor particular
07.06.07
Totalmente de acuerdo con Santiago, mientras que se justifique con unos servicios prestados, precio de mercado y diversas entidades, sin ningún problema
Muy buena
Aportada por:
Técnico de proyecto.
Trabaja en:
08.06.07
Buenos días Marian,
Si las dos entidades, la empresa y la fundación, tienen personalidad jurídica independiente pueden prestarse servicios recíprocamente y cobrar por los mismos.
Habría una limitación si la empresa ocupase un puesto en el patronato de la fundación porque el cargo de patrono es gratuito, y la contratación de servicios está regulada por el artículo 34 del RD 1334/2005.
Saludos
Diego Lejarazu
Opinión anónima
09.06.07
Madrid a 9 de junio de 2007
Señores:
En contestación a su consulta, nuestra opinión es la siguiente.
Tal y como dicen mis compañeros, siempre y cuando la prestación de servicios de enseñanza sea justificada, sí que pueden facturar la empresa a la Fundación.
Las respuestas dadas por la FUNDACION LUIS VIVES no son vinculantes, por lo que no se responsabiliza de posibles controversias que pudieran surgir a los consultantes en situaciones relacionadas con las materias objeto de la consulta.
Esperamos que le sea de utilidad nuestra respuesta,
Saludos cordiales.
Opinión anónima
12.06.07
Estimada Marian,
Me adhiero a lo manifrestado por los anteriores compañeros; lo importante es que el servicio realmente se haya prestado. Si es así, la situación es como si un tercero te factura un servicio prestado.
Un saludo,
Manuel Herrero
Opinión anónima
22.06.07
Estimada Marian:
Coincido con mis colegas en que es perfectamente posible que una empresa facture a la fundación que ha creado siempre que se justifique la prestación del servicio y que el precio no sea superior al del mercado.
En todo caso, puedes plantera la consultaa al protectorado al que esté adscrito tu fundación.
Un cordial saludo,
Agustín de Asís
Las respuestas dadas por la FUNDACION LUIS VIVES no son vinculantes, por lo que no se responsabiliza de posibles controversias que pudieran surgir a los consultantes en situaciones relacionadas con las materias objeto de la consulta