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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Fernando Cristóbal López Fernández

¿Puede un trabajador seguir disfrutando, después de las vacaciones, del permiso de 15 días por matrimonio?

06.07.04

Un trabajador nos solicita para finales de julio el permiso por matrimonio regulado en el X CONVENIO DE CENTROS DE ASISTENCIA, ATENCION, DIAGNOSTICO, REHABILITACION Y PROMOCION DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD (15 días). Resulta que el día 1 de agosto comienzan las vacaciones hasta el día 31, vacaciones que son fijas para todo el personal. MI pregunta es si las vacaciones suspenden el permiso por matrimonio y, se continúa su disfrute hasta completar los 15 días preceptivos a partir del 1 de septiembre.
Muchas gracias y un saludo.

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Respuestas

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#1

Opinión anónima

06.07.04

Hola Fernando, el permiso por matrimonio son los 15 días siguientes al mismo y no pueden sustituir a las vacaciones, así que en el caso de este trabajador tendreis que darle sus 15 días de matrimonio y acto seguido el mes de vacaciones. Da igual que consideres permiso de matrimonio los días de septiembre o vacaciones simplemente, el caso es que ambos periodos en este caso deben sumarse. Un saludo

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#2

Respuesta del participante:

Fernando Cristóbal López Fernández

11.07.04

Muchas gracias por la pronta resolución. La respuesta, más o menos, ya la esperaba. La peculiaridad era que en este centro, las vacaciones se toman para todos los trabajadores en fecha fija, en agosto, y por eso, según algunos autores consultados, el trabajador tendría que haber cambiado su fecha de matrimonio, 24 de julio, para que no fueran absorbidos parte de sus 15 días de permiso por matrimonio por las vacaciones, ya que éstas son fijas y la fecha las conocía con la suficiente antelación, antes de fijar la fecha de matrimonio.
Un saludo y reitero mi agradecimiento.

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