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Consulta formulada por:
¿Puede un secretario dar una copia del acta de una asamblea a un socio sin que lo apruebe la propia asamblea?
13.02.18
Hola:
Pertenezco a una asociación sin animo de lucro con sede social en Casarabonela (Málaga). En la ultima asamblea ordinaria celebrada el día 10 de Febrero han acusado al secretario de la misma de haber dado una copia a un socio del acta de la asamblea celebrada el año pasado sin haber sido aprobada por la asamblea mencionada anteriormente.
¿El acto del secretario es correcto? ¿O los socios no tienen derecho a exigir copia del acta de una asamblea hasta que esta no sea aprobada en la siguiente asamblea?
Espero que me saquen de dudas ya es una situación muy desagradable para todos los involucrados.
Muchas gracias.
Miguel
Respuestas
Buena
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Asesor particular
19.02.18
Buenos días
Hasta que no sea aprobada, no se puede hablar de «acta». Puede ser un «borrador del acta» o un «resumen de la asamblea», pero no un «acta». Por otro lado, siempre es conveniente mandar el borrador del acta previamente a la asamblea en que se debe aprobar para agilizar el trámite y que todos los participantes lo hayan leído con calma (así que es una buena práctica el envío previo del borrador, a todos los asociados, no solo a uno).
Los asociados tienen derecho a conocer el desarrollo de las actividades de la asociación (art. 21.b de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación), eso incluye el saber qué ocurrió en la última Asamblea General celebrada. Si las actas las aprueban de un año a otro, para poder cumplir correctamente con el contenido de este derecho, no está nada mal que se realicen resúmenes o se pasen los borradores previamente, a sabiendas que ni uno ni el otro son «actas» (jurídicamente hablando).
Un saludo
Respuesta del participante:
01.03.18
Estimados Srs,gracias por contestarme,su respuesta me ha sido de gran ayuda y me ha sacado de las dudas que tenia
Atentamente: Miguelflorido