Saltar al contenido principal

Consultas Online

avatar

Consulta formulada por:

Elisa Rodríguez Molina

¿Puede un profesional emitir una factura por sus servicios o para ello tiene que ser autónomo?

16.03.11

¿Puede un profesional emitir una factura por sus servicios o para ello tiene que ser autónomo? El monto del que estoy hablando es por cantidades inferiores a 3.005 €

Gracias!

Compárte en las redes sociales

Respuestas

avatar
#1

Aportada por:

Silvia Alvarez

Servicios en contabilidad/Fiscalidad/RRHH/Seguros/Consultoría Web

Trabaja en:

Servicio Premium - Asesoría Debe Haber Asociaciones S.L.

18.03.11

Un profesional que presta un servicio tiene hacer dos gestiones:

1.- Seguridad Social: Darse de alta como autónomo.
2.- Hacienda: Darse de alta en la actividad a realizar en el epígrafe correspondiente , así como darse de alta en las obligaciones de iva si procede, y comunicar el domicilio donde se vaya a realizar la actividad.

Para que pueda facturar tiene que hacer estas dos gestiones para que esté todo según ley.

El importe no te exime de estas dos obligaciones , lo que si se puede hacer es darse de alta en la seguridad social el mes que vayas a facturar y el siguiente mes darse de baja, así solo se pagaría la cuota de autónomo un mes.

Este último inciso es si puedes facturar todo en un mes, en caso contrario, pagaría cuota de autónomo todos los meses en los que factures.

Espero haberte ayudado.

Silvia Alvarez
www.debehaberasociaciones.com

avatar
#2

Aportada por:

Juan González Martín-Palomino

Abogado. Asesor Tributario ESFL

Trabaja en:

Asesor particular

18.03.11

Perfectamente puede emitir la factura el profesional que presta un servicio, con independencia de las obligaciones que le puedan incumbir (y que tendrá que ver el profesional en función de sus circunstancias) tanto en el ámbito fiscal como en el laboral.

Saludos.

Juan González Martín-Palomino.

avatar
#3

Aportada por:

Luis López Suárez

consultor independiente

Trabaja en:

Asesor particular

18.03.11

Buenos días, Elisa:

Como bien dicen mis compañeros precedentes, debes cumplir con ciertos trámites. Y para ello debes saber primero si la actividad es profesional o empresarial. Hay diferencias de importancia, como por ejemplo las retenciones del IRPF sobre las cantidades que factures. Si nos indicas a qué actividad te dedicas, podremos confirmarte si efectivamente se trata de una actividad profesional. A partir de ahí podremos seguir asesorándote con total seguridad.

Un cordial saludo,

Luis López

avatar
#4

Opinión anónima

23.03.11

No soy un experto fiscal, pero te puedo indicar que durante años he facturado por hacer servicios como psicólogo en una escuela y que no me di de alta en autónomos.
Hay un límite por el que puedes facturar sin ser autónomo (pero siendo trabajador). Lo que tienes que hacer después es incluirlo en tu declaración de hacienda, con los datos del pagador y la cantidad total, para calcular la base imponible. Podrás incluir los gastos y un 5% de gastos no justificables, para desgravar.
Esto es posible porque, por ejemplo, un trabajador o un directivo que den una conferencia no se van a dar de alta como autónomos. Si no se trata de una actividad habitual, no te des de alta, pero que te retengan y decláralo.
Espero haberte ayudado.
www.fnyop.es

solucionesong.org
Un proyecto de