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Consulta formulada por:
¿Puede subirse la base de cotización de un contrato indefinido por un periodo de cuatro meses y luego volver al estado inicial?
22.07.09
Necesitamos saber si podemos subir la base de cotización de un contrato indefinido por un periodo de 4 meses, ya que estas no serán horas extras. Durante estos 4 meses el trabajador desarrollará el mismo trabajo pero tendrá una responsabilidad mayor en su puesto de trabajo. Después volveríamos a la misma base actual.
Sabemos que lo podemos hacer así en Red Directo, pero ignoramos si esto es correcto o no en términos legales.
Muchas gracias por vuestra ayuda.
Respuestas
Opinión anónima
24.07.09
Buenos dias Marian
Las bases de cotización son el resultado de la suma de devengos, lo que significa que si subes los devengo subes la base de cotización. Si el trabajador de forma temporal, va a desarrollar funciones de mayor responsabilidad, sólo debes incluirle un concepto en nomina que se llame PLUS DE RESPONSABILIDAD durante el tiempo que sea necesario. Automaticamente ese Plus de naturaleza salarial subira la Base de Cotización.
Opinión anónima
24.07.09
La base de cotizacion al Regimen General de la Segurida Social de un trabajador está compuest por los conceptos salariales que perciba el trabajador incluida las pagas extraordinarias, y en algunos casos el exceso de salario en especie.
El lamentar o disminuir la base de cotización obedece al salario del trabajador, es decir que si a un trabajador le pagais 1.000€ cotizareis por esos 1.000€, si duranet 4 meses le quereis pagar 1.500 la base de cotización será de 1.500, yo os recomendaría que acordarais con el trabajador esa subida salarial temporal por escrito para que luegono tengamos ningun problema cuando el salario se reduzca y como consecuencia de ello la base de cotización.
Ahora bien, la Seguridad Social está detectando en algunos casos fraude en estas situaciones pues ante una posible prestación que tenga que abonar la SEGURIDDA Social o el INEm, desempleo, maternidad, incapacidad etc, estas subidas de bases de cotización las consideran fraudulentas salvo prueba en contrario.
Por todo ello insisto que pacteis por escrito a qué obedece esta subida de bases de cotización, nueevas funciones, productividad, actividad, etc.
Un saludo;
Respuesta del participante:
24.07.09
Buenos dias David.
Muchas gracias por tu respuesta.
No se como hacer esto en el Red Directo, entiendo que en nómina puedo incluirle el concepto PLUS DE RESPONSABILIDAD, pero ¿en el Red Directo le subo directamente la base de cotizacion durante 4 meses?
Muchas gracias.
Respuesta del participante:
24.07.09
Hola Luis,
Muchas gracias. En nuestro caso la subida se debe a un incremento de su responsabilidad debido a una subvencion que nuestra asociacion ha recibido. El trabajador está de acuerdo, y supongo que esto justificaria la subida. De hecho hemos de demostrarla en TC2 y nominas a la Junta de Andalucia, como prueba de justificacion de la subvencion.
Mucha gracias.
Respuesta del participante:
26.07.09
¿Me podriais decir como reflejar esto en el TC2 del Red Directo?
Por que si no optamos por horas extras la otra opcion seria subirle la base sin matizar el motivo. Os agradeceré vuestra orientación.
Muchas gracias.
Opinión anónima
27.07.09
Hola Marían,
Si tal y como funciona el RED DIRECTO, una vez que te aparezcan los dias trabajados de los trabajadores en alta en ese mes, debes incrementarle a la base de cotización la cantidad pactado como Plus de responsabilidad, no como horas extras sino en la Base de cotización.
Aportada por:
Abogado / Graduado Social / Consultor ONGs / Asesor fiscal / Experto informatico / etc
Trabaja en:
Asesor particular
27.07.09
en RED Directo debeis incluir las Bases de coryizacion que correspondan a la Nomina confeccionada previamente. Teniendo presente que existe un BASE DE COTIZACION MAXIMA, y por ello, si la Nomina es superior a dicha BASE MAXIMA solom podreis cotizar por la MAXIMA, aunque la Nomians ea de importe superior. Pero RED DIRECTO ya os lo detectara autoamticamente si podenis un importe que rebase el Maximo