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Consulta formulada por:
¿Puede cobrar un salario una persona de la junta directiva por funciones ajenas a las de la junta directiva?
30.04.11
Si el equipo directivo de una entidad, ya sea el secretario, tesoresro o presidente realiza parte de sus funciones de equipo directivo como técnico por las cuales percibe un salario ¿es legal?
Muchas gracias.
Respuestas
Aportada por:
Equipo de SolucionesONG.org
Trabaja en:
03.05.11
Hola Luz Divina,
Ya hay varias consultas resueltas sobre esta misma cuestión que puedes leer:
- ¿En qué artículo de los estatutos podemos reflejar la posibilidad de que la junta directiva pueda ser contratada?
- Dudas sobre la contratación de dos técnicos que ocupan cargo en la Junta directiva de la asociación
- ¿Es posible contratar al presidente de nuestra fundación con funciones distintas a su cargo?
¡Un saludo!
Opinión anónima
04.05.11
Hola:
Yo fui una de las que hizo una de las preguntas que te han puesto más arriba :)
Te enlazo también a un podcast muy interesante, publicado hoy, sobre este tema.
http://www.asociaciones.org/hablemosdegestion/?p=697
Saludos,
Maite
Aportada por:
Analista contable, financiera y de estartegia desarrollo
Trabaja en:
Asesor particular
10.05.11
Hola Luz Divina,
totalmente de acuerdo con mis compañeros, es legal. ünicamente añadir que siempre que sea posible estaria bien diferenciar los cargos técnicos de la Junta Directiva o el Patronato, es decir que fueran personas distintas de forma que se facilita de esta forma la transparencia y las buenas prácticas. No siempre es posible pero si existe la posibilidad es una buena señal de imagen transparente de la organización.
un saludo