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Consultas Online

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Consulta formulada por:

ONG en el anonimato

¿Puede cambiarse la junta directiva de una asociación por el mal funcionamiento de esta?

24.04.13

Hola,

¿Es posible hacer un cambio de la junta directiva de una asociación sin ánimo de lucro por el mal funcionamiento de esta, aunque el tiempo transcurrido en el cargo no haya llegado a su final? y de poderse hacer ¿cuáles serian los pasos a seguir en dicho procedimiento?

Gracias por la atención y un cordial saludo.

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Respuestas

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#1

Opinión anónima

24.04.13

Si se puede, siempre y cuando los estatutos de dicha asociación, contemple la posibilidad de convocar una junta general extraordinaria por una parte de los socios, con él %, por ciento que se establezca en dichos estatutos. Poniendo en el orden del día la elección de una nueva junta y en la votación se apruebe la nueva junta directiva.
Cumpliendo los requisitos legales de convocarla con los días de antelación marcados en dichos estatutos (suele ser con 15 días de antelación y comunicándolo a todos los socios de forma fehaciente e indicando (lugar , fecha y hora de dicha convocatoria )
Un saludo

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#2

Aportada por:

Rogelio Sánchez Molero

Abogado experto en fundaciones

Trabaja en:

Asesor particular

24.04.13

Hay un principio esencial y básico que nunca debe olvidarse: el órgano soberano en toda asociación es la Asamblea General de socios.
Si hay dudas sobre cómo está gestionando y ejecutando lo acordado la Junta Directiva, la mejor manera de solucionarlo es convocando una Asamblea extraordinaria cuyo orden del día fuera la censura de la actuación de la Junta directiva actual y lección de una nueva, en su caso.
La convocatoria de esa asamblea extraordinaria debe hacerse conforme lo regule vuestros Estatutos y, si existe, vuestro Reglamento de Régimen interior.
En caso de que no tengáis nada regulado al respecto el artículo 12 del la Ley Orgánica 1/2002, dispone que esa asamblea extraordinaria la debe convocar la Junta Directiva cuando lo solicite un número no inferior al 10 por ciento de los asociados.
Si la Junta Directiva persistiera en su negativa a convocar la Asamblea, siempre quedará solicitar el auxilio judicial en el oportuno procedimiento.

Saludos

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#3

Opinión anónima

24.04.13

Por dar algunas informaciones precisas, yo haría lo siguiente:
1. Revisar los Estatutos para ver si pone los requisitos para solicitar la convocatoria de una Asamblea General Extraordinaria. Si no pone nada concreto, podemos como indica Rogelio Sánchez, tomar como referencia que se necesita un 10% e los socios.
2. Redactar un escrito dirigido a la Presidencia de la Asociación, solicitando la convocatoria de una Asamblea General Extraordinaria, explicando los motivos que os impulsan a ello, y solicitando que figure en el orden del dia lo siguiente: revocación de la actual junta y apertura de un proceso de nombramiento de una nueva junta.
El escrito debe incluir nombre completo, DNI y firma de un número de socios que sea igual o superior al 10% indicado.
Si no se consigue ese número de socios, puede enviarse asimismo, pero la convocatoria quedaría ya a voluntad de la Presidencia y Junta Directiva actual.
El escrito debe ser enviado de modo fehaciente a la sede de la asociación: bien en la sede de la misma, con registro de entrada de la copia, o bien envío por burofax con certificación de texto.
3. Si se reune el número de socios suficiente, se envía el escrito y no se convoca en un plazo de 15 días, acudir al juzgado más próximo denunciando la situación.

Por lo demás, indicar que el éxito en este tipo de iniciativas suele ser dificil. Debe intentar constatarse de forma objetiva lo que es el ‘mal funcionamiento de la entidad’, y ver si no hay otra forma de cambiar las cosas; uno de ellos sería por ejemplo, enviar un escrito respetuoso dando cuenta del malestar existente, firmado por un número de socios elevado, e indicando que si no cambian las cosas, se promoverá la convocatoria de esa Asamblea.
En fin, en todo caso, ¡adelante con vuestra labor!

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