Consultas Online
Consulta formulada por:
Roberto Marcos García Rodriguez
Publicación de fotos de menores
29.08.07
Nuestra asociación trabaja con menores y deseábamos saber cómo está legalmente el tema de publicar fotos de los menores en documentos de publicidad de la asociación o en la página web.
Tenemos firmado por los padres o tutores de los menores una autorización para publicar las fotos en documentos, siempre que su publicación sea sin ánimo de lucro. Ahora queremos crear una página web, y no sabemos cómo actuar a este respecto.
Muchas gracias.
Respuestas
Suficiente
Aportada por:
Periodista, técnico de comunicación en PREDIF, Plataforma Representativa Estatal de Personas con Discapacidad Física
Trabaja en:
Asesor particular
29.08.07
Si tenéis la autorización de los padres no hay problema para su publicación tanto en medios físicos como virtuales.
Un saludo
Excelente
Aportada por:
Diseñador y consultor de proyectos de cooperación
Trabaja en:
Asesor particular
29.08.07
Roberto,
Como comenta María con la autorización no habrá problema, recuerda que esa es la única condición, pues sin el debido consentimiento, se vulneraría:
el artículo 26 de la Constitución, así como de la Ley 1/1982 de Protección del Honor, la Intimidad y la Propia Imagen, y de la Ley 1/1996 de Protección del Menor (Artículo 4. Derecho al honor, a la intimidad y a la propia imagen).
La publicación de fotografías de menores pasa en primer lugar por el consentimiento del niño cuando éste tiene capacidad para otorgarlo (lo que según el Tribunal Supremo sucede en líneas generales a partir de los catorce años) y si no la tiene, la autorización de sus padres o tutores legales.
Publicar sea en papel o en una página web en Internet implica las mismas leyes a los efectos de tu consulta.
(La 1ª acepción de Publicar según la RAE es “Hacer notorio o patente, por televisión, radio, periódicos o por otros medios, algo que se quiere hacer llegar a noticia de todos.”).
Un saludo cordial.
Opinión anónima
29.08.07
Si lo mejor es tener siempre una autorización de sus padres o tutores. Pero si es recomendable que las fotos de menores dignifiquen su calidad humana, que no las fotos no descaliquen su condición. Las fotos de niños en acción, realizando una actividad son mas expresivas las fotos tipo retrato.
saludos
Opinión anónima
29.08.07
Po cierto que es fundamental conta con la autorizacion de los responzables de los niños, padres, tutores, tenedores juridicos, pero tambien es cierto que es necesario cautelar la dignidad de estos, tanto mas cuando son personas en riesgo social, No debemos olvidar que antes que nada se debe resperta la condicion de persona de los niños. Recomendaria utilizar enceundres donde se pueda oculta el ostro del niño y y ubicarlo, como popone un colega, en acciones constructivas y dignificantes
Opinión anónima
29.08.07
COMO DICES TIENES LA AUTORIZACION DE LOS PADRES U TUTORES Y CON ESO BASTA PERO LAS FOTOS QUE NO ATENTEN CONTRA EL PUDOR Y LAS BUENAS COSTUMBRES TAMPOCO FOTOS DONDE ESTEN DESNUDOS NI COSA POR EL ESTILO.
LAS FOTOS TIENEN QUE DAR UN MENSAJE SOBRE LOS VALORES QUE TENEMOS.
Excelente
Aportada por:
Consultor
Trabaja en:
Asesor particular
29.08.07
Estimado Roberto:
Además de lo que comentan mis compañeros, la Coordinadora Española de ONGD tienen una guía de imágenes que os puede servir de orientación en cuanto al tratamiento de estas en su publicación. Puedes conocerla en http://www.congde.org.
Un saludo
Sergio Alcina
Opinión anónima
29.08.07
Lo importante aquí es mostrar a los padres o tutores las fotos, y que ellos, si ya firmaron, las avalen moralmente también. Y claro!, a los propios niños
Opinión anónima
29.08.07
Hola Roberto Marcos: Ya tienes una gran ventaja al respecto, dado que cuentas con la autorización de los padres y tutores. Siendo asi, podria sugerirte que ratifiques la firma de los mismos, concentrando los datos del proyecto en una especie de convenio interno, donde se constate nuevamente el aval de los responsables- padres y tutores- para este proyecto especifico.
Saludos
ADN Comunicación Interna
www.adncomunicacion.com.ar
infoadn@arnet.com.ar
Opinión anónima
30.08.07
En primer lugar un saludo, y deciros que si teneis la autorización de los padres, si poderis hacerlo siempre y cuando en la autorización conste expresamente que los menores podrán ser fotografiados sin ánimo de lucro para poder colgar sus fotos en la web o publicidad, y además las fotos deben ser dignas, ya me entiendes.
Opinión anónima
30.08.07
Es un tema que debe ser coherente con los cuerpos legales y éticos en los que se desenvuelve la Organización No Gubernamental.
En España y demás países del primer mundo, en donde el trabajo se concentra en zonas de emigrantes y excluidos las leyes tienen estipuladas con claridad los límites gráficos, y hasta técnicos de las fotografías a usar.
En Latinoamérica, el único ente protector, son los códigos de la niñez y adolescencia locales, que, a través de veedurías ciudadnas resguardan el fiel cumplimiento de estas normas.
Muy buena
Aportada por:
Cooperante, gestor cultural y experto en asociacionismo.
Trabaja en:
Asesor particular
30.08.07
Te sugiero una consulta al “Código de conducta. Imágenes y mensajes a propósito del Tercer Mundo”, que podrás encontrar en la página web de la Coordinadora de ONGD
http://www.congde.org/documentos/codigo.doc
Éste, fue redactado por Organizaciones No Gubernamentales europeas, actores o contrapartes implicadas en el proceso hacia un desarrollo global.
Su objetivo es promover una discusión en torno a dicho código y animar a las mencionadas organizaciones a examinar su propio material, sirviendo de desafío y de guía para el trabajo cotidiano de las ONG europeas.
Fue aprobado por la Asamblea General del Comité de Enlace de las Organizaciones No Gubernamentales europeas ante la Comisión Europea en 1989.
Procedo a facilitarte un fragmento del mismo:
“REGLAS PRÁCTICAS
1. Evitar las imágenes catastróficas o idílicas que incitan más a la caridad limitada a la buena conciencia que a la reflexión.
2. Toda persona debe ser presentada como un ser humano y las informaciones sobre su medio ambiente social, cultural y económico deben ser mostradas a fin de preservar su identidad cultural y su dignidad. La cultura debe ser presentada como una palanca al desarrollo de los pueblos del Tercer Mundo.
3. Los testimonios de las personas interesadas deben ser utilizados con preferencia sobre las interpretaciones de terceros.
4. Debe ponerse de relieve la capacidad de las personas para hacerse cargo de sí mismas.
5. El mensaje debe ser concebido de manera que evita en la mente del público toda globalización y generalización.
6. Los obstáculos internos y externos al desarrollo deben aparecer claramente.
7. Deben subrayarse la dimensión de la interdependencia y la noción de co-responsabilidad en el mal-desarrollo.
8. Las causas de la miseria (políticas, estructurales, naturales) deben ser expuestas en el mensaje que debe llevar al público a descubrir la historia y la situación real del Tercer Mundo, así como las realidades profundas de las estructuras de estos países antes de la colonización. Conscientes del pasado, hay que partir de la realidad de hoy y ver lo que puede hacerse para suprimir las condiciones de extrema pobreza y opresión. Hay que subrayar los problemas de poder y de interés y denunciar los medios de opresión así como las injusticias.
9. El mensaje debe velar por evitar toda clase de discriminación (racial, sexual, cultural, religiosa, socioeconómica…).
10. La descripción de nuestros socios del Tercer Mundo como dependientes, pobres, sin poder, se aplica tanto más a las mujeres, que son presentadas con más frecuencia como víctimas dependientes o, peor aún, son completamente ignoradas. La mejora sustancial de la parte visual del material de Educación para el Desarrollo, pasa también por el cambio en la presentación de la imagen de las mujeres del Tercer Mundo.
11. Los socios del Sur deben ser consultados para la elaboración de todo mensaje.
12. Cuando una ONG, en el marco de un proceso de captación de fondos, colabora con otros socios (instituciones, organizaciones o empresas privadas) debe velar para que las recomendaciones del presente Código sean respetadas en tu totalidad. Sería oportuno hacer una mención del Código en los contratos de patrocinio realizados entre ONG y sus socios.”
Opinión anónima
30.08.07
no quiero ser pesimista pero no me parece correcto q lo hagas pues aunq tengas la autorizacion d los padres o tutores tendria q estar super encriptada la pagina q no usen tus fotos ya publicadas para otros fines (no quiero decir q tu, sino gente q entre a tu pagina y ponga copiar y pegar con tus fotos en paginas no adecuadas) sinceramente yo soy madre d un menor y no t daria mi permiso p hacer eso, asi q no te puedo auxiliar.
Opinión anónima
31.08.07
HOLA, SI TIENES LA AUTORIZACIÓN DE LOS PADRES SÓLO ESCANEALA Y HAZ UN LINK DENTRO DE LA PÁGINA PARA QUE CUALQUIERA LA PUEDA LEERLA Y NO HAY INCONVENIENTE, ADEMÁS, SI ES CON UN FIN SIN ÁNIMO DE LUCRO, Y NO SE DEGRADA A LOS MENORES.
Opinión anónima
03.09.07
Hola.
Si ya han firmado con sus padres y tutores las autorizaciones respectivas no veo inconveniente, siempre y cuando se guíen a lo establecido en la autorizaión.
Ahora si tienen otra inquietud más específica sería bueno la detallen, porque en lo demás está claro no veo problema y no van contra ninguna ley penal, de las que conozco. (Aqui me surge una pregunta) ¿De donde son los menores, es decir de que país son?. Hago la pregunta porque creo eso debieron especificar.
Por lo demás espero haber ayudado