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Consulta formulada por:
¿Procedimiento para la solicitud de Exención en el Impuesto de Actividades Económicas?
14.03.03
Queremos solicitar la Exención en el Impuesto de Actividades Económicas, ya que nos han declarado de “Utilidad Pública” y podemos pedir la Exención. ¿Cuál es el procedimiento a seguir?, ¿dónde se presenta?, ¿existe algún formato específico?, ...... Muchas gracias.
Respuestas
Opinión anónima
14.03.03
Partiendo de la base de que cuenta con número de CIF, la tramitación de el alta de matricula del IAE debe realizarse ante la administración de Hacienda que les corresponda o ante la Oficina de Recaudación Municipal, si están transferidas las competencias al Ayuntamiento (sólo es posible en Municipios de más de 50.000 hab.).
Existen varios modelos de alta :
Impreso de Alta en el I.A.E 845(Cuota Municipal)
Impreso de Alta en el IAE 846(Cuota Provincial o Nacional)
Si desean obtener exención es en la solicitud de alta del IAE es donde tendrán pedirla.-
La exenciones vienen recogidas en la Ley de haciendas Locales y son las siguientes:
Los dos primeros años de actividad de la entidad estarán exentos, pudiendo prorrogarse la misma si se encuentran en alguno de los siguientes supuestos:
1.- Personas jurídicas con un importe neto de la cifra de negocio inferior a 1 mill. €
2.- Organismos de investigación y/o enseñanza financiados con fondos públicos o por fundaciones o asociaciones de utilidad pública
3.- Asociaciones y Fundaciones de disminuidos psíquicos, físicos y sensoriales, por actividades de carácter pedagógico, científico, asistenciales y de empleo
4.- Los sujetos pasivos a los que les sea aplicable la exención en virtud de tratados internacionales(exención automática)
Además de estas exenciones, su asociación declarada de utilidad pública, podrá, siempre que cumpla los requisitos de la Ley 49/2002, acogerse a la exención del pago del IAE del Art.15.2 Ley 49/2002. En él, se establece, que las explotaciones económicas exentas del Impuesto sobre Sociedades, lo estarán de Impuesto Actividades Económicas.
Las explotaciones económicas que considera exentas del Impuesto sobre Sociedades, se encuentran reguladas en el Artículo 7 de la Ley 49/2002. ( pueden consultado en esta página web en el área de marco legal en el área de fiscalidad).
Esta consulta no es vinculante.
Respuesta del participante:
07.04.03
Nuestra pregunta era como solicitar la Exención una vez dados de alta. Llevamos constituidos desde 1997 y en esta fecha es cuando nos dimos de alta en el IAE, ahora que nos han declarado de utilidad pública tenemos derecho a solicitar la exención, pero no sabemos si es en algún impreso especial o escrito modelo. Quizá la pregunta no la hicimos correctamente. Gracias