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Consulta formulada por:
Precontrato para voluntarios extranjeros
22.07.03
Hola queremos hacer un contrato de voluntario remunerado a un trabajador extrajero que tiene tarjeta de residencia, pero no de trabajo. ¿Se puede realizar un precontrato para que le otorguen el permiso?. ¿Qué implicaciones legales puede haber?. ¿Existen modelos de precontrato al uso?.
Muchas gracias.
Respuestas
Opinión anónima
22.07.03
Creo que confundes algo los términos, los voluntarios no pueden tener ningun tipo de remuneración por la labor que realizan.
A diferencia de otros países España no tiene la posibilidad que personas de otros países no comunitarios puedan estar acogidos por una entidad para desarrollar voluntariado en España. No esta tipificado como un caso para poder entrar en nuestro país.
Una cosa es un contrato remunerado y otra es una labor voluntaria. Si esta persona que dices quiere desarrollar voluntariado en tu organización lo puede hacer libremente pero la ley no permite que los voluntarios esten remunerados.
En cambio si lo comparas con la legislación Inglesa una persona de por ejemplo Perú puede ir a Inglaterra a realizar voluntariado en dicho país si cumple con la normativa y la legislación inglesa en dicha tipología de entrada a este país.
España no tiene esa opción.
Esta es una de las conclusiones de un estudio que se ha realizado en Europa sobre las distintas legislaciones que existen, nuestra legislación por la ley de immigración impide este tipo de acciones a desarrollar en nuestro país.
Opinión anónima
22.07.03
en contestación a su consulta, manifestar mi total conformidad con el compañero: UN VOLUNTARIO NUNCA PODRÁ SER RETRIBUIDO, ya que dicho trabajo voluntario es altruista, sin que pueda percibir ningún salario ni retribución por el desempeño del mismo (Ley 6/96 del Voluntariado). Si que pueden efectuar un precontrato para poder optar a su regulación, pero desde luego que si lo plantean como voluntario, va a ser rechazado.
Aportada por:
Fundación ARSIS
Trabaja en:
Asesor particular
23.07.03
Creo que estáis mezclando algunos temas. Efectivamente, no existe un “contrato de voluntario remunerado”. Pero sí existen modelos de acuerdo de voluntariado, que se subscriben entre el voluntario y la entidad para acordar su prestación, duración del servicio, actividades y responsabilidad que tendrá el voluntario. Si deseáis un modelo de este acuerdo escribidnos a mpaz@arsis.org.
Si deseáis gratificar al voluntario o darle una ayuda económica, esto deberá constar como un donativo que hacéis a esa persona.
Si deseáis ayudarle a obtener el permiso de trabajo, deberéis realizar los trámites legales oportunos para hacerle una oferta de trabajo (no voluntario). Esta oferta se llama “oferta de favor” y podéis hacerlo sin la obligación estricta de contratarlo después, siempre y cuando él acepte estas condiciones, aunque lo más legal y ético sería contratarle efectivamente. Si tenéis un abogado o gestor amigo os puede asesorar de cómo realizar este trámite y de las posibilidades que el Gobierno acepte la oferta, según el país del que proceda. Nosotros os podemos facilitar la relación de documentos para hacer esta oferta. Si queréis, podéis pedírnoslos a mpaz@arsis.org.